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PERDIDA DE PATRIA POTESTAD Y POSIBILIDAD DE RECLAMO DE LOS HIJOS SI MUERE EL OTRO CONYUGE
- Consulta : 214773
- Autor : abelmar_NR
- Publicado : Lunes 25 de Noviembre de 2013 19:09 desde la IP: 201.173.235.229
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Noviembre de 2013
Estado de Referencia: Coahuila
Buen día,
Quisiera saber si en el caso de que una madre logra quitar la patria potestad de su ex-conyuge por medio de un juicio y con una sentencia judicial se logra y en el caso de que ella muera y los hijos son menores o no emancipados ¿si habria la posibilidad de que el ex-conyuge que perdio la patria potestad puediese pelear o quedarse con la guardia y custodia de los hijos? o ¿si estos pasarian a la guarda y custodia de quien ella pidiera mediante testamento ? o ¿bien si al no existir testamento estos pasan a los padres o hermanos de la madre al morir sin posibilidad de que el conyuge que fué privado de la patria potestad pueda reclamarlos?
Gracias por su respuesta.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 333091
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Noviembre de 2013 19:19 2013-11-25 19:19 desde IP: 187.162.210.121
Las sentencias dictadas por los tribunales en las que se condena a alguno de los ascendientes a perder la patria potestad respecto sus hijos, pueden ser modificadas cuando cambien las circunstancias que sirvieron de sustento a la condena; en consecuencia y sólo como ejemplo, si el padre a quien se condenó a perderla por haber dejado de proporcionar alimentos al hijo, cumple con la pensión alimenticia en forma constante y rgular durante un tiempo razonable, puede obtener sentencia en la que se le restituya en el ejercicio de la patria potestad, sin necesidad a que el otro ascendiente fallezca.
Hágase asistir de un abogado especialista en Derecho Familiar, quien una vez que analice las constancias de autos del expediente en que se dictó esa sentencia y el propio fallo, le asista y oriente respecto la posibilidad de promover lo que corresponda para que se le restituya en el ejercicio de la patria potestad.
Recobrado ese ejercicio, los hijos continuarpán bajo la guarda y custodia del ascendiente que la ha tenido; pero en caso que fallezca, automáticamente el otro ascendiente entrará también a tenerla, aún contra la voluntad de otros parientes y cualquier disposición testamentaria que se hubiere hecho al respecto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 333106
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Noviembre de 2013 20:01 2013-11-25 20:01 desde IP: 201.173.235.229
Muchas graciasLic. Cadena
Respecto al ultimo párrafo me surje la siguiente duda:
Si la madre ha fallecido y a su vez sus padres abuelos de los menores, ¿quién tendría el derecho a la parria potestad de los menores, si el padre habiendo perdido la patria potestad mediante juicio y rechazo verbal por careo de los menores (hoy de 13 y 15 años), no se ha ocupado en niguna forma de su cuidado y atención por los ultimos 7 años cuando perdió la patria potestad?
No me qiueda claro si él, sus padres o su familia podría pelear la poatria potestad o la guarda y custodia.
Muchas gracias.
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Autor
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AutorRespuesta No: 333111
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Noviembre de 2013 20:12 2013-11-25 20:12 desde IP: 187.162.210.121
Como ya le señalé, al no tener acceso al expediente para consultar las constancias de autos y la sentencia, no puedo darle una orientación particularizada; asístase de un abotgado de confianza que, después de estudiar expediente y resolución, pueda orientarla adecuadamente.
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Autor
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AutorRespuesta No: 333113
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Noviembre de 2013 20:18 2013-11-25 20:18 desde IP: 201.173.235.229
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