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EMBARGO POR PAGARE VENCIDO DESPUéS DE 10 AñOS
- Consulta : 214289
- Autor : saray ponce
- Publicado : Martes 19 de Noviembre de 2013 21:32 desde la IP: 189.209.130.183
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 19 de Noviembre de 2013
hola...!!! hace 10 años que mi papa no vive con nosotros pero aproximadamente hace 7 años pidio un prestamo por 90 mil pesos pero nunca dio dinero y dio las escrituras de nuestra casa, y hace unos 2 meses nos vinieron a buscar por que hace 7 años habia iniciado un juicio ejecutivo mercantil y la sentencia salio desde el 2007. Pero mi papa desde que se fue solo nos paso pencion 6 meses y no habiamos sabido nada de el hasta a penas.
que podria hacer mi mama para que no nos quitaran nuestra casa???
gracias por su atencion.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 332569
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Noviembre de 2013 21:37 2013-11-19 21:37 desde IP: 189.234.148.171
nuestra casa..??? si las escrituras estaban a nombre de tu padre... y las dio en garantía... ya no es su casa... es de quien haya decidido el juicio... y nada hay que hacer... no hay nulidad de actos... y ustedes... nada tienen que ver con el juicio....
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Autor
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AutorRespuesta No: 332573
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Noviembre de 2013 21:52 2013-11-19 21:52 desde IP: 189.181.95.186
Consultante Usted y su madre pueden iniciar en su favor la ACCIÓN DE MEJORAS, PARA RETENER LA POSESIÓN DEL CITADO INMUEBLE, HASTA EN TANTO EN SU CASO, LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE SE ADJUDIQUE EN REMATE JUDICIAL ESE INMUEBLE, NO LES PAGUE A USTEDES LAS MEJORAS QUE EN SU CASO HUBIESEN HECHO AL CITADO BIEN INMUEBLE, ello les permitirá crear condiciones favorables de negociación de las cuales carecen en estos momentos, saludos y suerte en su caso.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 332575
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Noviembre de 2013 22:01 2013-11-19 22:01 desde IP: 189.209.130.183
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Autor
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AutorRespuesta No: 332576
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Noviembre de 2013 22:59 2013-11-19 22:59 desde IP: 189.234.148.171
si hay un gravamen... este se murio a los tres años... por ley... deben renovarse cada tres años los gravamenes contra terceros... pero puedes comprar la casa en el remate... pagandola... claro... cuando menos en 4/5 partes del precio señalado para ese remate...
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AutorRespuesta No: 332645
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Noviembre de 2013 18:22 2013-11-20 18:22 desde IP: 189.234.148.171
... mlmlml...
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Autor
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AutorRespuesta No: 332767
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Noviembre de 2013 20:33 2013-11-21 20:33 desde IP: 189.234.207.121
...
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Autor
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AutorRespuesta No: 332874
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Noviembre de 2013 22:11 2013-11-22 22:11 desde IP: 189.209.130.183
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