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CONSTRUCCIóN SIN LICENCIA

  • Consulta : 214166
  • Autor : brenda_8a_s_NR
  • Publicado : Lunes 18 de Noviembre de 2013 11:38 desde la IP: 189.191.210.225
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • brenda_8a_s_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Hola... Hace unos meses inicie la construcción de una casa habitación El inspector de Desarrollo Urbano del Municipio de Cuautitlan me había autorizado de palabra iniciar mi construcción sin licencia con una renta mensual por fuera. ...Ahora el director cambió y llegaron a colocar sellos de Suspensión Por lo que leyendo el artículo 124 del Código Penal del Estado de México el artículo menciona la rotura, alteración o destrucción de los sellos para un proceso penal Sin embargo en mi propiedad colocaron los sellos sobre la puerta pero no impidiendo la entrada, es decir yo puedo entrar a la construcción sin romper los sellos sin problema Mi pregunta es el sello dice rotura, alteración o destrucción del sello, nunca menciona el impedimento para continuar la construcción Puedo continuar construyendo sin problema de una acción penal. La ley no es muy clara ???? Si ellos colocan el sello en un lugar donde yo pueda entrar sin problema a mi construcción y seguir construyendo sin romper el sello Existe otra acción penal y que artículo de la ley lo marca ??? Pueden demoler la construcción y que artículo lo marca ??? Muchas Gracias por aclarar mis dudas ???

     

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