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DERECHO DE VIA

  • Consulta : 214028
  • Autor : spaez54_NR
  • Publicado : Viernes 15 de Noviembre de 2013 15:07 desde la IP: 189.166.197.238
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,081
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  • Autor
    Consulta

  • spaez54_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    quisiera saber si exite alguna ley que defina si un camino, vereda o brecha, que es utilizada por mas de 10 años pasa a ser del dominio publico

     

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  • Autor
    Respuesta No: 332249

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El Código Civil de cada Estado y el Código Civil Federal, reconocen la servidumbre de paso, y los bienes de dominio público, pero no confunda una cosa con otra. ya que también regulan los bienes del dominio privado, los mounstrencos, los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangible, etc., pero de ninguna manera un camino por el transcurso del tiempo pasa al dominio público, salvo previa expropiación y por causa de utilidad pública.



  • Autor
    Respuesta No: 332291

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si no es inscrito y aceptado en el registro publico el dercho de paso... no forma servidumbre de paso... y por tanto.... no es ni sera derecho de via....y el dueño de la propiedad... puede sin ningun permiso... cerrar ese paso o servidumbre... tenga el tiempo que tenga...ya que este apso debe estar en escritura publica y debe estar inscrito... es una excepcion las servidumbres de aguas....rios... riachuelos...rumbas...



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