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PROFESOR
- Consulta : 213755
- Autor : regormaster57_NR
- Publicado : Martes 12 de Noviembre de 2013 21:06 desde la IP: 201.141.114.215
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,133
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 12 de Noviembre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas noche.
Durante un juicio ordinaro civil, en contra de 2 empresas y una persona, el tribunal da la siguiente resolución.
La justicia de la Unión no me ampara ni me protege en contra de la sentencia dictada por la sala civil, por medio de notificación personal a las partes hagaseles saber la llegada y radicación de los presentes autos. ...Menciona que tengo que pagar las costas causadas en ambas instancias. Aún no se menciona la cantidad ni el plazo.
Mi pregunta es la siguiente:
Que procede si no tengo recursos para el pago ya que estoy desempleado desde hace 2 años y no tengo bienes ni propiedades.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 331948
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Noviembre de 2013 21:33 2013-11-12 21:33 desde IP: 187.144.78.103
No se menciona porque eso lo hará el abogado de la contraria a través de un incidente de gastos y costas ... Ahí se determina cuanto se le pagara con base al arancel y le pasarán a usted traslado para que se defienda y ya quedando firme la contraria puede solicitar medida de requerimiento de pago y ante la negativa el embargo de bienes de su propiedad.
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AutorRespuesta No: 332010
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Noviembre de 2013 17:49 2013-11-13 17:49 desde IP: 189.234.148.171
no te preocupes... el abogado de tu contraria sabe que hacer y como cobrarte... y si no te pude cobrar.... te podrá meter. a la cárcel por fraude...
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