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MERCANTIL- PENAL.

  • Consulta : 213326
  • Autor : gerardotv7_NR
  • Publicado : Viernes 08 de Noviembre de 2013 11:26 desde la IP: 189.163.84.95
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • gerardotv7_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    de que tiempo habla el codigo civil del estado de guanajuato, para cobrar por la via penal un cheque asi como del estado de jalisco.gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 331480

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El código Civil no habla, preceptua. Pero la materia mercantil no está regulada por éste Código sino por el Código de Comercio y supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles. Luego entonces ninguno contempla acción penal alguna por deudas de carácter civil ya que la Constitución lo prohibe expresamente. Sin embargo, sí y sólo si el cheque fue expedido con posterioridad a la cancelación de la cuenta de cheques, y además lo protestó en tiempo, entonces podrá querellarse por el posible delito de fraude con fundamente en el Código Penal, pero sólo si la cuenta fue cancelada con anterioridad a la expedidicón del cheque y éste está protestado en tiempo, de lo contrario sólo podrá enmarcar su cheque y cuidado con cuanto coyote le asegure que es fraude.



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