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PENSION ALIMENTICIA EN CASO DE QUE LA CONCUBINA SE LLEVE A TUS HIJOS....
- Consulta : 211649
- Autor : Yeret
- Publicado : Lunes 21 de Octubre de 2013 11:47 desde la IP: 148.177.1.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 21 de Octubre de 2013
Buenas tardes, mi novio y yo vivimos en el Estado de Mexico, el caso es que mi pareja vivio 2 años con una persona y de esta relacion tuvieron una hija.....se separaron y cada quien tenia su vida. El le daba a la señora cada quincena una aportacion economica esta fue por acuerdo mutuo jamas tuvo que existir algun acuerdo legal. Pero ahora la señora se fue con la niña a otro estado a vivir sin avisarle a mi pareja de que se llevaria a la niña, la señora se fue con su actual pareja.......por lo tanto mi pareja no esta de acuerdo en seguir depositandole a la niña debido a que con eso demostraria que esta de acuerdo con que se llevaran a la niña sin la autorizacion.....puede proceder esto????
En caso de que mas adelante mi pareja y yo tuvieramos adquirieramos una casa y regresa la señora peleando este inmueble procede su demanda????? Podria quitarle porcentaje del inmueble?? Como puede ampararse??
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 329807
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Octubre de 2013 12:05 2013-10-21 12:05 desde IP: 187.208.74.127
el sr debe seguirproporcionando la pension alimenticia si es q no quiere ir a dar a la carcel y eso no ha esta a discusion o su estado de animo si quiere o no quiere dar es q tiene y debe dar pension alimenticia.
por otra parte debe demandar a la señora la convivencia familiar esosi el sr tendra q trasladarse al donde este la menor, pero si se consigue a un buen abogado en materia familiar puede hacer q la señora se regrese a donde estaba toda vez q no dio aviso de su cambio de domicilio hay precedentes de esto
y la señora si puede hacer algo en contra de alguna propiead presente o futura del sr pero solo podra empbargar para efectos de garantizar la pension alimenticia y nada mas si el sr cumple oportunamente con todos sus pagos en cuanto sea tiempo de cancelar dicha pension la casa sera desgravada y la hija tendra el derecho a heredar y a naa mas en ese bien y en todos los q adquiera posteriormente el sr
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