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RESOLUCIóN NEGATIVA DEMANDA LABORAL
- Consulta : 210090
- Autor : laloborbolla73_NR
- Publicado : Viernes 04 de Octubre de 2013 09:37 desde la IP: 74.82.64.144
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 04 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Hidalgo
Buenos días, hace unos meses me entregaron la resolución sobre una demanda que interpuse por despido injustificado contra una empresa, esta resolución no fue favorable para mi por varias causas y factores, mi pregunta concreta es, a pesar de haber perdido el juicio laboral, la empresa demandada me tiene que dar algún finiquitó aun cuando la resolución fue a su favor? Ya que hasta la fecha no me han dado ningún finiquito y que proceso debo hacer si esto del finiquito procede? Agradezco su atención y asesoría, saludos -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327798
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Octubre de 2013 10:03 2013-10-04 10:03 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
En el propio laudo, concretamente en los puntos resolutivos que se contienen en su parte final, se detallan, en caso que la parte demandada deba pagarle alguna prestación, cuáles son éstas.
Lo que no señala, y es importante, cuándo le notificaron el laudo, porque a partir del día siguiente a aquél en que haya causado efecto dicha notificación, usted cuenta con quince días hábiles para promover el amparo directo en su contra.
Debo mencionarle que no son pocos los casos en que, el laudo dictado es contrario a las pretensiones del trabajador actor, en el mismo se contienen diverrsas violaciones a las garantías constitucionales y derechos fundamentales que permiten impugnarlo sustentadamente, lo que da lugar a que se le conceda el amparo y protección de la Justicia Federal, lo que da lugar a que la Junta de Conciliación deje insubsistente ese laudo y dicte otro siguiendo los lineamientos que le fueron señalados por el Tribunal Colegiado, o que por haber incurrido el tribunal laboral en violaciones a las formalidades del procedimiento, debe reponer parte del juicio antes del dictado del nuevo laudo.
Todo ello debió serle informado por su abogado, y si no lo hizo es particular, pero no tuvo usted el cuidado de cerciorarse que fuera especialista en derecho laboral, lo que debe hacer es cambiar y asistirse uno que domine la materia del trabajo.
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