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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 209930
  • Autor : lizzi_5i15_NR
  • Publicado : Miércoles 02 de Octubre de 2013 18:09 desde la IP: 187.145.236.154
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • lizzi_5i15_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    buenas tardes quisiera saber que tanta posibilidad tengo de que me otrogen una pesnsion alimenticia.. tengo dos hijos uno de 6 años y el otro de 1 año, tiene 8 meses que su papa no me da gaso solo le compra un paquete de pañales de mas chico y al grande le paga la mitad de la colegiatura; no estoy casada con el tengo 7 años de estar con el viviendo en la casa de sus papas. el se niega porque paga la escuela de el y me amenaza diciendo que si le meto la pension no me va dar nada se va salir de trabajar y ya no pagara la escuela de mi hijo.

    tambien quisiera saber el aproximado del porcentaje que se me puede dar y que tanto procede por no estar casada con el. gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 327660

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el q estes o no casada con el no tiene importancia por otro lado si el se sale de trabajar para no darte nada y comete un delito q es el de incumplimiento a las obligaciones alimentarias por lo q podrias ir al mp y denunciar por la falta e ministracion de alimentos asi q no te espante y demande la pension alimenticia por lo pronto acuda con el defensor de oficio y haga su cita para q inicie los tramites+



  • Autor
    Respuesta No: 327662

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola consultante,  antes que nada permitame decirle que es una obligación del padre de sus hijos proporcionar pensión alimenticia esten ustedes o no casados... esta obligación es irrenunciable e impreible, asi que si quiere hacerlo hagalo, pero no deje que el miedo la detenga! si el señor renuncia a su trabajo esta poniendose en un estado de insolvencia para evadir su obligación y esto es materia penal  y por desde luego estara jugando con su libertad el sujeto! por otro lado le comento que el porcentaje  puede variar, para 2 hijos puede ser entre un 25 a un 35% de los ingresos netos del deudor alimentario,  asi que no lo piense mas! y  contrate los servicios de un  abogado especialista en materia familiar o si no tiene para costear los honorarios acuda a la defensoría de oficio a efecto de que se le proporcione un abogado "de oficio" y que este ultimo la represente!  saludos



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