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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 209930
- Autor : lizzi_5i15_NR
- Publicado : Miércoles 02 de Octubre de 2013 18:09 desde la IP: 187.145.236.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
buenas tardes quisiera saber que tanta posibilidad tengo de que me otrogen una pesnsion alimenticia.. tengo dos hijos uno de 6 años y el otro de 1 año, tiene 8 meses que su papa no me da gaso solo le compra un paquete de pañales de mas chico y al grande le paga la mitad de la colegiatura; no estoy casada con el tengo 7 años de estar con el viviendo en la casa de sus papas. el se niega porque paga la escuela de el y me amenaza diciendo que si le meto la pension no me va dar nada se va salir de trabajar y ya no pagara la escuela de mi hijo.
tambien quisiera saber el aproximado del porcentaje que se me puede dar y que tanto procede por no estar casada con el. gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327660
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Octubre de 2013 18:46 2013-10-02 18:46 desde IP: 187.208.48.249
el q estes o no casada con el no tiene importancia por otro lado si el se sale de trabajar para no darte nada y comete un delito q es el de incumplimiento a las obligaciones alimentarias por lo q podrias ir al mp y denunciar por la falta e ministracion de alimentos asi q no te espante y demande la pension alimenticia por lo pronto acuda con el defensor de oficio y haga su cita para q inicie los tramites+
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Autor
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AutorRespuesta No: 327662
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Octubre de 2013 18:49 2013-10-02 18:49 desde IP: 201.124.9.212
Hola consultante, antes que nada permitame decirle que es una obligación del padre de sus hijos proporcionar pensión alimenticia esten ustedes o no casados... esta obligación es irrenunciable e impreible, asi que si quiere hacerlo hagalo, pero no deje que el miedo la detenga! si el señor renuncia a su trabajo esta poniendose en un estado de insolvencia para evadir su obligación y esto es materia penal y por desde luego estara jugando con su libertad el sujeto! por otro lado le comento que el porcentaje puede variar, para 2 hijos puede ser entre un 25 a un 35% de los ingresos netos del deudor alimentario, asi que no lo piense mas! y contrate los servicios de un abogado especialista en materia familiar o si no tiene para costear los honorarios acuda a la defensoría de oficio a efecto de que se le proporcione un abogado "de oficio" y que este ultimo la represente! saludos
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