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CONSIULTA
- Consulta : 209075
- Autor : pinturaspaul_NR
- Publicado : Lunes 23 de Septiembre de 2013 16:11 desde la IP: 201.167.192.75
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326667
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 18:12 2013-09-23 18:12 desde IP: 187.162.210.121
Asístase de un abogado especialista en Derecho Civil y demándelo por el pago de las pensiones rentísticas que dejó de pagarle y el importe de los servicios de energía eléctrica y agua que dejó de cubrir durante el tiempo que arrendó el local; si se cambió a otro inmueble a un costado del que usted le dió en arrendamiento, ahí podrán notificarlo y emplazarlo; el abogado que contrate sabe cómo hacerlo.
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AutorRespuesta No: 326685
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 19:41 2013-09-23 19:41 desde IP: 201.141.232.234
La falta de la formalidad por escrito del contrato de arrendamiento es i m p u t a b l e al arrendador, por lo que ante este hecho es aconsejable el promover ante juzgado competente MEDIOS PREPARATORIOS juicio, esto con la finalidad de acreditar y perfeccionar la existencia del contrato verbal de arrendamiento con la declaracion que se sirva realizar en el juzgado el presunto demandado, para posteriormente demandar en juicio el pago de la renta y los adeudos de agua y luz.
Le sugiero ampliamente considerar el costo beneficio de cualquier accion legal que desee intentar.
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