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COMO ENTRAR AL INTESTADO DE MI PAPA
- Consulta : 208628
- Autor : monglezp
- Publicado : Miércoles 18 de Septiembre de 2013 12:45 desde la IP: 189.143.246.10
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 18 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 326167
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Septiembre de 2013 13:13 2013-09-18 13:13 desde IP: 189.242.7.65
Buen día. Primeramente el que denunció el juicio debió hacer mención sobre los posibles herederos que tuvo el de cujus (finado), y una vez que se tuvo la certeza de si existe disposición testamentaria o no, se pasa a la declaratoria de herederos con información testimonial, en ese momento es cuando se reconoce a los legítimos herederos.
En esta etapa del juicio, el que hizo la denuncia o bien los testigos que manifestaron conocer al de cujs, así como quienes era los posibles herederos y quienes mas podían tener ese carácter, pudieran haber incurrido en falsedad al desconocer el derecho que quieres invocar; ahora bien, existe la posibilidad de que existan otras razones por las cuales no te estan reconociendo tal caráter, pero si tienes ubicado el Juzgado donde se esta llevando el juicio intestamentario de tu padre, en cualquier momento, puedes solicitar que se te reconozca tu personalidad con e acta de nacimiento correspondiente para acreditar el entroncamiento que tienes con el de cujus.
Saludos cordiales.
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Autor
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AutorRespuesta No: 326168
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Septiembre de 2013 13:27 2013-09-18 13:27 desde IP: 201.152.159.126
Consultante:
Promueva un jucio de Peticion de Herencia, ya que no fue llamado a juicio o si lo hicieron no se dio cuenta cuando se publicaron los edictos para que se presentara a Juicio.
Si ya existe un Albacea o al poseedor de las cosas hereditarias es a quienes debe demandar.
La accion de peticion de herencia es declarativa en cuanto a que puede ejercitarla quien todabiano tiene reconocido su derecho como heredero.
Asistasede un Abogado, quien le orientara en el procedimiento.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 326199
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Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Septiembre de 2013 19:14 2013-09-18 19:14 desde IP: 189.234.146.194
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