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DESESPERADA

  • Consulta : 208395
  • Autor : mlog89_NR
  • Publicado : Sábado 14 de Septiembre de 2013 19:00 desde la IP: 189.164.216.117
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • mlog89_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco
    Buenas tardes... Ayer 13 de sep... Acusaron a mi hermano por complicidad en un robo calificado... El problema es k el afectado no kiso dar el.perdon y k lo unico k podria hacwr es firmar un papel para k solo tengan a mi hermano x 3 meses... M entere k a lo mejor tiene derecho a fianza x 25 mil pesos... Y k hasta el martes nos decian si no va a ser transladado all penal... Mi pregunta es la siguiente... Es probable k salga???? La vdd m duele verlo ahi... Muchas gracias x su tiempo y x su respuesta...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 325965

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Dado que solamente señala que detuvieron a su hermano por su probable participación en la comisión del delito de robo calificado, sin precisar exactamente cuál es la calificativa que agrava el ilícito, no es posible decirle si su familiar tendria o no derecho al beneficio de la libertad provisional bajo caución.

    Por otra parte, la circunstancia que el ofendido otorgara el perdón, no sería suficiente para que su hermano recobrara su libertad personal, pues el robo es un delito que se persigue de oficio, y no por querella del ofendido; por tanto, aún dado ese perdón, su hermano, en caso que el agente del Ministerio Público al resolver la averiguación tenga por acreditados los elmentos materiales del delito por el que se le acusa, y justificada su probable responsabilidad penal en su comisión, lo consignará ante un juez penal quien, de considerar también que se encuentran demosterados dichos elementos y probable responsabilidad, le dictará auto de formal procesamiento dentro del término constitucional y lo sujetará al proceso penal correspondiente.

    Por tanto, eso no depende que el ofendido haga un escrito solicitando que sólo lo tengan privado de la libertad por tres meses, toda vez que esa privación no depende del plazo que desee el pasivo del delito, sino la que corresponda, entre los mínimos y máximos, al delito cometido.

    Asimismo, si quien le señaló que el importe de la caución (que puede otorgarse, entre otras formas permitidas por la ley, mediante la fianza, sin que sea ésta la única que pueda otorgarse), es de $ 25,000.00, tendrá su hermano la posibilidad de recobrar la libertad provisional, más seguirá sujeto al proceso penal; si quien le dió esa información fue un tercero, entonces no existe ningún sustento legal para pensar que así pueda ser; su hermano debe solicitar al Representante Social le conceda ese beneficio, y esperar que el agente del Ministerio Público lo resuelva favorablemente, en caso que pueda tener derecho al mismo.

    Lo que deben hacer, sin demora, es contratar a un aboado especialista en derecho penal, no un estudiante de derecho, ni pasante, y menos coyote, para que su hermano lo nombre su defensor particular, y atenda a su defensa, él sabrá qué y cómo llevarla.



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