- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
CANCELACION DE ANTECEDENTES Y FICHA SENALETICA
- Consulta : 208394
- Autor : mariacisneros767_NR
- Publicado : Sábado 14 de Septiembre de 2013 18:53 desde la IP: 151.40.13.125
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
-
AutorConsulta
-
Publicado el Sábado 14 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola mi consulta es la siguiente mi esposo es extranjero en el 86 estuvo recluido por danos contra la salud 5 anos y 6 meses, en este momento vive en mexico distrito federal y queremos cancelar los antecedentes penales y la ficha senaletica pues va a pedir la nacionalizacion que debemos hacer y donde se debe hacer despues de cuantos anos se puede hacer, el termino en el 96 o 97, por su atencion muchas gracias
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 325948
-
Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 19:56 2013-09-14 19:56 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Ni el Código Penal Federal, ni el Código Federal de Procedimientos Penales contempla la prescripción o cancelación de los antecedentes penales de una persona que fue sentenciada por su responsabilidad penal en la comisión de un delito federal, entre los que se encuentran los delitos contra la salud, y tampoco la de la ficha signalética, pues ésta conforma una de las bases de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
Si alguien le dice que él le hace el trámite, la estará engañando y solamente le pagará por algo que nunca va a obtener.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 325951
-
Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 22:08 2013-09-14 22:08 desde IP: 201.152.158.117
Difiero en todo lo que raulcadena comenta.
Consultante mariacisneros767:
La prescripción de los antecedentes penales ya se contempla en los Codigos Penales de la diferentes Etidades Federativas, en los casos en que el condenado no incurra en un nuevo ilícito en un término igual al de la pena que se haya impuesto; lo anterior, como un hecho que busca fortalecer el sistema de Readaptación Social, y como un beneficio para el readaptado, sobre todo en aquellos casos en que para el trabajo se le requiere una constancia de no antecedentes penales, la cual obviamente sin esta nueva disposición no obtendría.
La cancelacion de los antecedentes penales prescribirán, con todos sus efectos, si el condenado no incurre en un nuevo ilícito, dentro de un término igual al de la pena impuesta. Dicho término no será menor de tres ni mayor de quince años y se contará a partir del cumplimiento de la sanción o del otorgamiento de cualquier beneficio de libertad.
Saludos.
Cuando el sentenciado se evada, el término a que se refiere el párrafo anterior comenzará a contar desde la prescripción de la pena. -
Autor
-
AutorRespuesta No: 325963
-
Fecha de respuesta: Domingo 15 de Septiembre de 2013 11:28 2013-09-15 11:28 desde IP: 187.162.210.121
Calamarín: , parece que no leíste lo que el consultante señala: "--- mi esposo es extranjero en el 86 estuvo recluido por danos contra la salud..."; evidentemente entonces, fue procesado y sentenciado por su responsabilidad en la comisión de un delito del fuero federal, como son los delitos contra la salud.
Por tanto, es evidente que, si la legislación penal federal no contempla la prescripción de los antecedentes penales, es improcedente cualquier trámite que el sentenciado pretenda llevar a cabo para que se cancelen los que tiene respecto del delito en que incurrió, así como la de la ficha signalética.
Lo anterior, con independencia de que diversos Estados contemplen en sus Códigos de Procedimientos Penales (entre otros, por ejemplo, San Luis Potosí), contemplen la posibilidad de promover la prescripción de los antecedentes penales cuando el sentenciado no vuelve a ser procesado por la comisión de un delito doloso, en un término igual al de la pena de prisión que se le impuso.
Por tanto, tu disconformidad con la respuesta que dí al consultante, carece de todo sustento legal, ya que la pena de prisión que le impusieron, no fue por la comisión de un delito del fuero común, sino de un ilícito federal.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 352840
-
Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Abril de 2014 22:22 2014-04-09 22:22 desde IP: 189.234.202.87
cuando son delitos de origen federal... o típicos federales... no hay prescripción de los antecedentes ...pase el termino que pase... sin embargo... se pueden reclamar en la vía contenciosa administrativa... y esperar el resultado... que para mi... será negativo...
-
Autor







