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PUEDO CONTRADEMANDAR ?
- Consulta : 208374
- Autor : potasiocasio_NR
- Publicado : Sábado 14 de Septiembre de 2013 11:06 desde la IP: 201.139.229.251
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 14 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Baja California
resulta que durante 4 meses no di pension manutencion a mihijo pero despues ella y yo nospusimos de acuerdo y se levanto el acta ante un juez de lo familiar para que quedara establecido todo correctamente en cuanto ala manutencion y el divorcio pero ella antes deesto habia levantado una demanda en contra mia por el caso de manutencion y resulta que la demanda precedio aun cuando yo ya le estaba dando la manutencion amihijjo.
estuve 36 dias en lacarcel por eso asta quese pago mi fianza pero aun voy a firmar ..... mi pregunta es puedo tomar una contrademnada por el daño quese se me hizo pues durante esos 36 dias no trabaje por lo tanto me quito mi tiempo aun ella sabiendo que ya estaba todo en orden y no quito la demanda.
gracias,
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325898
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 11:14 2013-09-14 11:14 desde IP: 187.144.67.106
SI PUEDES DEMANDAR, Y PARA ELLO ES NECESARIO QUE JUSTIFIQUES TU AUSENCIA AL TRABAJO Y LA CANTIDAD QUE DEJASTE DE PERCIBIR POR ESTAR EN PRISIÓN.
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Autor
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AutorRespuesta No: 325904
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 12:11 2013-09-14 12:11 desde IP: 201.152.229.250
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Autor
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AutorRespuesta No: 325905
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 12:15 2013-09-14 12:15 desde IP: 201.152.229.250
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Autor
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AutorRespuesta No: 325926
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 16:51 2013-09-14 16:51 desde IP: 189.234.159.150
Derecho a demandar...???... No... No tienes ni gun derecho... Antes te salio barato... Y si estas firmando... Es que estas en proceso... No tienes ingun derecho...
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Autor
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AutorRespuesta No: 378903
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Mayo de 2015 13:53 2015-05-01 13:53 desde IP: 187.170.38.180
Estimado consultante de Baja California: a su consulta le informo que no tiene ese derecho porque ya existìa un incumplimiento de 4 meses sobre la pensiòn(piense un poco màs no le afectò el que su hijo y esposa no recibieran alimentos? ese es penado ya por lo que si a Usted le ingresaron al reclusorio por el delito que cometìo de gracias a que no lo denunciaron por incumplimiento a la pensiòn alimenticia, mejor dicho el daño lo causo Usted a su familia ó ex-esposa e hijo, lo conveniente es que se aplique con sus obligaciones sino serà contra producente para Usted.
Deje el convenio como està, es mejor para Usted.
Saludos.
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