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MAYORÍA DE EDAD Y PENSIÓN ALIMENTICIA
- Consulta : 208348
- Autor : era_roa_NR
- Publicado : Viernes 13 de Septiembre de 2013 20:32 desde la IP: 189.176.196.138
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,127
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Sonora
HOLA....
DESEO SABER QUE TAN OBLIGADO ESTA EL HOMBRE, PADRE DE UN HIJO QUE RECIEN ACABA DE CUMPLIR SU MAYORIA DE EDAD EN CONTINUAR OTORGANDO LA PENSION ALIMENTICIA . SU HIJOS RECIEN INICIO SUS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y QUE TANTO PUEDE INFLUIR LA MADRE PARA SEGUIR OBLIGANDO ( MOLESTANDO) AL PADRE, O SI EL HIJO YA PUEDE TOMAR DESICIONES EN ESA CUESTION POR CUENTA PROPIA? QUE PROCEDE? OJALA Y PUDIERAN CONTESTARME GRACIAS !!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325872
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Septiembre de 2013 22:12 2013-09-13 22:12 desde IP: 189.153.126.102
Consultante era_roa:
La obligacion de dar alimentos a un menor es hasta que llegue a la mayoria de edad, Es decir a los 18 años, en caso de que el acreedor alimentario se encuentre estudiando la edad maxima es hasta los 25 años de edad.
En el caso que menciona debe ser hasta los 25 años ya que el acreedor alimentario se encuentra estudiando.
Saludos.
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