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QUE PORCENTAJE ECONóMICO DEBE RECIBIR UN HIJO FUERA DEL MATRIMONIO.
- Consulta : 208315
- Autor : dm.berthyx_NR
- Publicado : Viernes 13 de Septiembre de 2013 13:51 desde la IP: 189.176.49.188
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Baja California
Hola, mi duda es directamente en lo economico, en mi caso se le da una cantidad semanal al nino y si el nino necesita ya sea ropa en particular o zapatos se le da extra, en cuestion escolar igual ademas de su semana se le da el costo de la escuela, utiles, unifrome y si el nino saldra a recreacion con la madre se le da extra.
Tengo entendido que existe la penciona alimenticia y en casos que me han comentado amigos en la misma situacion le dan equis cantidad al mes y nada mas. la cosa es que gasto mas en mi hijo fuera del matrimonio que en mi hijo de mi matrimonio actual. y si le comento a la madre de mi hijo fuera del matrimonio que darle una pension mensual o reducirle lo que le doy economicamente sale con que me lo va quitar, y ya habido ocaciones anteriores donde me a privado de verlo o visitarlo. que puedo hacer? me pueden orientar? por favor!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325832
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Septiembre de 2013 14:29 2013-09-13 14:29 desde IP: 187.162.210.121
Por concepto de alimentos, para un hijo, con independencia de que haya nacido dentro o fuera de matrimonio, debe proporcionarle una pensión entre un 15 y un 20% de sus ingresos.
Esa pensión debe entregarse en efectivo, dado que el niño vive con su madre, y entre ella y usted no existe cohabitación.
Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación, los gastos correspondientes a la conservación de la salud y la educación.
Asístase de un aboado especialistas en materia familiar, e inicie los trámites de consignación de la pensión alimenticia mediante diligencias de jurisdicción voluntaria.
Simultáneamente, promueve el juicio relativo a sus derechos de convivencia con su hijo, solicitando el señalamiento de hora y fecha para que provisionalmente y en tanto se dicte sentencia, se lleve a cabo esa convivencia.
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Autor
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AutorRespuesta No: 325865
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Septiembre de 2013 19:24 2013-09-13 19:24 desde IP: 189.234.159.150
Que puedes hacer...??? Dejar de hacerle al cuento... Depositarle el 10% de tu salario... Y no volverlo a ver....
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