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SE METIERON A VIVIR A MI CASA

  • Consulta : 208169
  • Autor : redlilus_NR
  • Publicado : Jueves 12 de Septiembre de 2013 04:02 desde la IP: 187.207.23.196
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • redlilus_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola, tengo una casa deshabitada en el estado de méxico y hace un mes (por constancia de los vecinos) esta fue invadida, visite la casa y no pude hablar con nadie aunque las luces fueron reconectadas y estaban encendidas. Por descuido cuando deje la casa, las escrituras se quedaron dentro, que puedo hacer para sacar a esa gente de mi casa? sería ilegal si cambio la cerraduras y entro mientras no están?, como es posible que asociasiones políticas inciten a las personas a invadir las casas de otras personas? En el estado de méxico los trámites y la corrupción relentizan mucho los trámites, cuanto tiempo podría tardar en salir una orden de desalojo??? muchas gracias espero sinceramente puedan ayudarme.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 325705

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia que las personas se hayan posesionado de su casa obrando de mala fe, finalmente tienen la posesión del inmueble, por lo que si usted cambia las cerraduras o se introduce a la finca, estría incurriendo en un ilícito, igual que el que ellos cometieron.

    Lo que debe hacer es que, asistida de un abogado especialista en derecho penal, presente una denuncia en contra de quienes resulten responsables del delito de despojo de inmueble cometido en su perjuicio; su abogado podrá decirle cómo se llevan a cabo los trámites y el tiempo probable que podría demotar integrar adecuadamente la averiguación para que el agente del Ministerio Público consigne a quienes resulten responsables ante un Juez Penal.

    También puede iniciar un Juicio Civil Reivindicatorio, lo que puede hacer en forma paralela a la presentación de la denuncia.

    En ambos casos, los trámites llevan tiempo, pero entre más tarde usted en inicial cualquiera o ambos procedimientos, se demorará más la resolución de los mismos.



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