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CASO JUZGADO Y REPARTICION DE BIENES EN SOCIEDAD CONYUGAL
- Consulta : 208028
- Autor : magalidelgadov_NR
- Publicado : Martes 10 de Septiembre de 2013 20:48 desde la IP: 187.201.49.40
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,697
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 10 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Tabasco
Buenas tardes. Hace 7 años mi ex esposo y yo nos divorciamos de un matrimonio de 15 años donde procreamos 2 hijos y el regimen de nuestro matrimonio fue sociedad mancomunada. Durante el tiempo de nuestro matrimonio adquirimos bienes muebles e inmuebles. Se hizo el convenio y tenemos una sentencia dictada por el juez en donde se hizo la repartición de bienes, entre ellos tres terrenos (propiedades) los cuales estipulamos que dichos terrenos quedaran a nombre de nuestros hijos, con el USUFRUCTO VITALICIO para mi ex marido.. Mis hijos en ese entonces los dos menores de edad yo pensé que no podría tener escrituras a sus nombres por lo cual deje el asunto esperando a que fueran mayores de edad para escriturar a sus nombres. Tenemos la sentencia dictada por el juez donde se estipula lo anterior. Desafortunadamente hace 7 meses mi ex marido murio, el tuvo luego de nuestro matrimonio dos hijos que son menores de edad. Me acabo de enterar que mi ex marido hizo un testamento donde menciona ademas de varias de sus cosas ( las cuales no me corresponden) que los tres terrenos que en la sentencia se mencionan ( osea los terrenos de mis hijos) los menciona en el testamento y se los deja a una de sus hermanas. Es posible que a pesar de tener una sentencia dictada por un juez en el año 2005 donde se estipula que los terrenos seran de mis hijos, aun asi los vuelva a mencionar en un testamento que realizo en el año 2009? Muchas gracias por su atencion -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325581
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Fecha de respuesta: Martes 10 de Septiembre de 2013 20:58 2013-09-10 20:58 desde IP: 187.145.165.229
Todos los bienes que salen del patrimonio del de cujus, no forman parte de la herencia. Por lo tanto, una vez que se inicie el juicio sucesorio, será necesario que te apersones en el juicio con la copia certificada de la Sentencia para que el Juez del conocimiento los deje fuera de la masa hereditaria. Es necesaria la intervención de un abogado para que se hagan correctamente las cosas. Debe ser en materia familiar. Estamos a tus órdenes.
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