- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PENSIóN ALIMENTICIA Y DIVORCIO
- Consulta : 207347
- Autor : tiburón66
- Publicado : Lunes 02 de Septiembre de 2013 18:22 desde la IP: 189.212.142.102
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 02 de Septiembre de 2013
Buenas tardes, mi situación es la siguiente: Me casé en la Ciudad de Morelia, Michoacán por bienes separados en el año de 1989, matrimonio que duró 19 años, tiempo durante el cuál se procrearon tres hijos, en el año de 2009 decidí salirme del hogar familiar por porblemas con mi esposa, en 2010 me interpuso una demanda de pensión alimenticia para ella y dos de mis hijos, en virtud de que la mayor ya vive con su pareja y el segundo de mis hijos cumplió la mayoría de edad pero continúa con sus estudios.
En ése mismo año se dió la sentencia de un 60% de mis ingresos más un 10% adicional porque según mi esposa no aportaba dinero para la manutención de ellos; siempre se pagó ésa pensión hasta el pasado mes de Enero de 2013, fecha en que decidí renunciar a mi trabajo al ver reducidas mis prestaciones laborales, desde ésa fecha no he tenido un trabajo laboral estable y bien remunerado por lo que no se ha pagado la pensión desde febrero a la fecha.
Quiero saber primero cuál sería mi situación legal actual, cómo puedo reducir la pensión fijada y dado el tiempo de separación con mi pareja, quiero divorciarme lo más pronto psible.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 324970
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 18:36 2013-09-02 18:36 desde IP: 187.201.123.54
Usted debió dar aviso al Juez, de que había perdido su empleo, luego si su esposa se pone lista puede comprobar que fue usted quien renunció, por lo cual Usted es deudor alimentario, y debe a su esposa e hijos las cantidades que han dejado de recibir.
Su situación Actual es que se esta consumando en delincuente, ya que está penado por la Ley Penal lo que Usted hizo, más aun que refiere que renunció porque los descuentos ya eran mucho.
En lo tocante al divorcio, vaya con un abogado y mediante n tramite muy pero muy sencillo quedará divorciado en un par de meses.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 324981
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 19:41 2013-09-02 19:41 desde IP: 189.212.142.102
Mi estimado Lic. González, la renuncia a mi empleo se debió a que cambiaron algunas políticas de la empresa en la cual laboraba anteriormente y me significaba una reduccion importante en mis prestaciones como empleado.
Qué acciones puede ejercer mi esposa?
El divorcio puede realizarse aún cuando existe la falta de pago de la pensión alimenticia?
Como puedo reducir el porcentaje de la pensión alimenticia?
Gracias por sus comentarios, un saludo.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 324983
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 19:50 2013-09-02 19:50 desde IP: 189.137.122.203
Señor, debe usted acudir al juez a informar que fue liquidado de su empleo y no tiene ingresos, ya que la persona esta obligada a dar alimentos en proporcion de sus ingresos y acreditar que sus hijos ya no requieren de la pension alimenticia por las razones que expone: Ademas, si, usted puede demandar el divorcio por razones diferentes a la pension alimenticia. Las posibles acciones que puede ejercer su esposa por la falta de pago de las pensiones alimenticias, estan previstas en el codigo penal y en el codigo de procedimientos civiles de su estado, pero si acredita la imposibilidad del cumplimineto de pago, debera de ser exonerado del mismo. Atte. Lic. J. L. camacho.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 324984
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 19:50 2013-09-02 19:50 desde IP: 189.137.122.203
Señor, debe usted acudir al juez a informar que fue liquidado de su empleo y no tiene ingresos, ya que la persona esta obligada a dar alimentos en proporcion de sus ingresos y acreditar que sus hijos ya no requieren de la pension alimenticia por las razones que expone: Ademas, si, usted puede demandar el divorcio por razones diferentes a la pension alimenticia. Las posibles acciones que puede ejercer su esposa por la falta de pago de las pensiones alimenticias, estan previstas en el codigo penal y en el codigo de procedimientos civiles de su estado, pero si acredita la imposibilidad del cumplimineto de pago, debera de ser exonerado del mismo. Atte. Lic. J. L. camacho.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 324986
-
Fecha de respuesta: Lunes 02 de Septiembre de 2013 20:07 2013-09-02 20:07 desde IP: 189.222.177.138
Buenas Tardes,
1.- Debido a que Usted ya tiene un tiempo considerable separado de su pareja, puede solicitar el divorcio sin ningun problema.
2.- La pension alimenticia debe ser otorgada segun las necesidades del acreedor alimentario y las posibilidades de quien esta obligado a otorgarla, asi que Usted puede meter un incidente de reduccion de pension alimenticia, en donde debera acredditar la necesidad que tiene de dicha reduccion.
3.- Le aconsejo que aun que en la actualidad Usted no tenga trabajo no deje de proporcionar pension alimenticia, asi sea de forma minima.
4.- Tome el consejo de los demas Lics. y dentro del Juicio donde se fijo la cantidad de pension alimenticia, hagale saber al Juez que Usted no cuenta con empleo e informele a cuanto ascienden sus ingresos actualmente, ya que si le fijaron un 60% de lo que ahora gane debe aportar ese 60%.
-
Autor





