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FINIQUITO INJUSTIFICADO

  • Consulta : 206835
  • Autor : ivan1803
  • Publicado : Martes 27 de Agosto de 2013 14:40 desde la IP: 189.172.37.178
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,073
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  • Autor
    Consulta

  • ivan1803
    USUARIO REGISTRADO

    Solicito de sus conocimientos, experiencias y asesoría con respecto a lo siguiente:


    1.- Trabaje en la empresa 1 mes y casi 15 días.
    2.- No firme contrato alguno de relación laboral.
    3.- Se me pagaba semanalmente mediante transferencia electrónica a mi cuenta.
    4.- No se me otorgaban recibos de nómina.
    5.- Primero me registraron ante el IMSS con una empresa y pocos días después en otra.
     
    El pasado sábado, el de recursos humanos llego me saco a una oficina privada diciéndome lo siguiente:
     
    1.- Tú plaza no fue autorizada.
    2.- La empresa no tiene solvencia económica.
    3.- El grupo directivo no tenía conocimiento de tu ingreso a trabajar.

    4.- El lunes me fue depositado a mi cuenta el finiquito.
     
    Claro, uno en su momento y que te lleguen con esa noticia te cae como balde de agua fría y no pensé en nada, más que en la siguiente pregunta ¿qué voy hacer sin trabajo?, en pocas palabras accedí a firmar el finiquito, dicho documento únicamente tenía el encabezado de Finiquito (no recuerdo bien si decía también "Por Renuncia Voluntaria"), percepciones y deducciones, y el lugar para firma del trabajador y el departamento de recursos humanos.
     
    Horas después yo me pongo a buscar trabajo, accediendo a la petición y confiando en lo que me había dicho el de recursos humanos, me doy cuenta que en un portal de internet esta ofertada una vacante en la empresa de hasta tres plazas describiendo el perfil el cual encaja completamente en mi perfil.
     
    1.- ¿Qué debo hacer?
    2.- ¿puedo entablar una demanda por despido injustificado?
    3.- ¿qué hago?
     
    Espero sus comentarios y asesoría para saber el qué hacer.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 324512

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, puede usted demandar por deespido injustificado, para lo cual es recomendable se asista de un abogado especialista en derecho laboral, no pasante, no tinterillo, ni coyote, pero hágalo ya, pues si bien es cierto, el artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo le concede un término de dos meses, contados a partir de la fecha del despido, antes de que su acción prescriba, en su caso, no debe esperar más.

    Lo anterior, porque menciona que primero lo registraron como trabajador de una empresa, y a los pocos días en otra; dado que la inscripción de una persona como trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, hace prueba plena para acreditar que entre él y la empresa que lo inscribe, existe una relación de trabajo, y que además, al momento del despido tenía trabajando un mes quince días, debo inferir que ese movimiento ante el Seguro Social ocurrió aproximadamente hace un mes una semana, de forma tal que la acción de despido injustificado o la de reinstalación en el trabajo en contra de la empresa que lo inscribió inicialmente ante la institución, está por prescribir, y al hacerlo, perderá usted la oportunidad de obtener un laudo favorable.

    Ello es así, porque si usted firmó un documento en el que se le cubrió su finiquito, aunque usted no recuerda si señala que ello se debió a que renunció voluntariamente al trabajo, tal documento podrá ser exhibido por la segunda empresa para justificar que no lo despidió, sino que usted fue quien dió por terminada la relación laboral, excepción o defensa que no podrá hacer valer la primera empresa, y dado que tampoco existe ningún aviso que se le haya dado por escrito, en el que sele hagan saber las causas permitidas por el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo para que el patrón pueda dar por terminada unilateralmente la relación de trabajo sin su responsabilidad, tendrá oportunidad de obtener un laudo que le sea favorable a usted, en el que se condene a la empresa, entre otras prestaciones, a:

    3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;

    Salarios caídos durante el tiempo que demore el juicio y el cumplimiento del laudo, si tarda ello menos de un año, o bien, si dura más de un año, los salarios caídos por ese primer año, más un interés del dos por ciento mensual sobre la cantidad que resulte a quince meses de salario, hasta que el patrón de cumplimiento a la resolución.

    Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales al tiempo trabajado (que aunque se le pagaron seguramente el el finiquito, según el documento el pago lo hizo otra empresa, no a la primera que lo inscribió ante el I.M.S.S. y que es en contra de quien dedujo la acción por despido).

    Salarios devengados y no pagados, correspondientes a todo el tiempo laborado, considerando que el depósito de los mismos mediante transferencia bancaria, lo hizo la segunda empresa, y no la primera, por lo que rigen las mismas razones que las anteriores prestaciones.

    Media hora diaria de descanso, en caso de que durante su jornada de trabajo el patrón no le haya otorgado ese tiempo para que lo disfrutara y/o tomara alimentos, en caso de que su jornada laboral hubiera sido contínua o no se le permitiera salir del establecimiento para hacerlo.

    Tiempo extraordinario laborado y no pagado, en caso de que su jornada de trabajo excediera de 8 horas diarias, o 48 horas semanales, si su horario era entre las 6:00 y las 20:00 horas; y jornada mixta o nocturna, según fuera el caso, de conformidad con los artículos 60 y 61 de la Ley Federal del Trabajo,

    Cualquier otra prestación que se debiera pagarle con motivo de la prestación de su servicio.



  • Autor
    Respuesta No: 325835

  • ivan1803
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes.

     

    Muchas gracias por su asesoría, primeramente me sentí confiable en poder demandar por despido injustificado, ahora bien, busque abogados y me dicen que con una finiquito por renuncia voluntaria firmado ya no se puede hacer nada, de igual forma acudí a la junta de colocación y arbitraje para una asesoría y posible demanda y me dicen lo mismo, que no puedo hacer nada a pesar de que en la junta de conciliación tienen conocimiento de que existen patrones que bajo engaños hacen firmar una renuncia voluntaria, aun así en la junta me dijeron que podíamos citar al patrón para una posible conciliación y llegar a un acuerdo, pero la misma abogada me dijo que el patrón iba a negar lo que yo dijera y muy independientemente de eso, me comento que yo tengo que mostrar pruebas de lo dicho, a lo cual no existe nada, porque todo fue en privado…. así mismo yo no soy abogado, pero me puse a estudiar un poco la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, Tesis y Jurisprudencias laborales y veo una luz y esperanza de poder demandar el despido injustificado aun firmado el finiquito, a parte me encontré que para que una renuncia tenga mayor validez tiene que ser hecha con puño y letra del trabajador, así como también debe de estar firmado el nombre y firma del trabajador, entre otras cosas…. Me podrá asesorar en que hacer o si yo mismo puedo llevar mi propia demanda sin ser abogado.

     

    Espero sus comentarios y muchas gracias por su asesoría, o bien, podamos entablar una asesoría con sus respectivos honorarios independientemente de la distancia o lugar en que nos encontremos, a mí me gusta ser Ley y me destaco por ser una persona honesta, de valores y que no me gusta jugar mal, ahora entiendo lo que en la realidad de la malicia laboral cuesta mi honestidad y falta de malicia, porque yo sé que existen despidos injustificados, pero en ese momento no pensé en nada y lo único que pensaba era en mi familia y en qué hacer sin trabajo.



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