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INCAPACIDAD

  • Consulta : 206279
  • Autor : edgar_wow15_NR
  • Publicado : Martes 20 de Agosto de 2013 23:08 desde la IP: 189.238.181.210
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • edgar_wow15_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    ola. MIREN tengo 1 mes incapacitado por accidente de trabajo. mi pregunta es: cuando mi medico familiar del IMSS me de de alta me tienen que pagar o ya no resivire nada por la alta??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 324124

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    No, no tiene derecho a recibir ningún pago adicional cuando su médico lo de de alta.

    El Seguro Social solamente le pagará el subsidio correspondiente a los días amparados por los certificados de incapacidad derivados del accidente de trabajo, período de tiempo durante el cual elpatrón que relevado de la obligación de pagarle su salario.

    A partir de la fecha en que su médico familiar lo de de alta, dejará de estar amparado por un certificado de incapacidad y, en consecuencia, deberá presentarse a su trabajo y reanudar la prestación de sus servicios, fecha a partir de la cual, el patrón nuevamente le pagará sus salarios.

    Por tanto, ni la Ley del Seguro Social ni la Ley Federal del Trabajo contemplan el derecho del trabajador de recibir el pago de ninguna prestación por el hecho de que el médico lo de de alta. 



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