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SUCESIóN
- Consulta : 205491
- Autor : flor83
- Publicado : Lunes 12 de Agosto de 2013 12:28 desde la IP: 177.228.113.201
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 12 de Agosto de 2013
Hace unos meses mi esposo falleció en un accidente, murió intestado y él en vida heredo una propiedad de su padre, pero su padre quien aun vive se reservo el usufructo vitalicio, que es lo que se debe hacer?, tenemos tres hijos mayores de edad y estabamos casados por bienes mancomunados. La verdad me interesa vender esa propiedad para pagar los estudios de mis hijos esto es posible? gracias, espero puedan orientarme.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 323498
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Agosto de 2013 12:35 2013-08-12 12:35 desde IP: 201.157.23.131
Buenas tardes
Por desgracia no puede afectar los derechos del usufructuario (el padre de su ex esposo), ya que el usufructo es vitalicio y hasta que fallezca el titular de ese derecho se puede consolidar en su totalidad la propiedad sobre el bien inmueble.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 323506
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Agosto de 2013 14:12 2013-08-12 14:12 desde IP: 187.140.133.170
Buenas tardes, en primer lugar tu esposo no puedo heredar en vida, ya que como tu misma dices su padre todavia vive, ahora bien dices que el padre de el se reservo el usufructo, entoses ellos dos adquirieron la propìedad, si ellos adquirieron la propiedad el dominio esta intestado, por lo tanto tramita la sucesión de tu esposo y ponte de acuerdo con el padre de tu difunto esposo para que lleguen a un acuerdo en vender tanto tus hijos como el la propiedad, espero que te quede mas claro el estado que guarda el estado de la propiedad que señalas
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Autor
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AutorRespuesta No: 323524
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Agosto de 2013 17:08 2013-08-12 17:08 desde IP: 148.246.195.110
Es muy probable que no solo se reservó el usufructo vitalicio, sino también está la nuda propiedad, esto es, que solo al morir el papá de tu ex. podrás tramitar el juicio sucesorio para obtener la posesión y propiedad del bien para sus hijos y usted con una proporción; esa es la razón de reservarse el usufructo, que por cualquier circunstancia futura, el suegro mayor de edad, no pueda ser despojado de su casa y lanzarlo a la calle desprotegido. Suerte.
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