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TRAMITE DE DIVORCIO
- Consulta : 202832
- Autor : nr_NR
- Publicado : Martes 09 de Julio de 2013 11:28 desde la IP: 189.245.58.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 09 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Buen dia, necesito orientacion sobre el trámite de divorcio. Yo me casé en Hidalgo bajo el regimen de sociedad conyugal, tengo una hija de 6 años, trabajo actualmente y mi esposo quiere el divorcio, vivimos en el Edo de Mexico. Yo tengo mi casa y mi esposo esta pagando una por infonavit. tenemos un coche a nombre mio. mi esposo esta dispuesto a dejarme todo lo material. La cuestion es que yo no voy a permitir que mi hija se quede con él aunque sea un padre excelente.. pero mi temor es que le pregunten a mi niña si querría quedarse con él porque diria que sí pues lo ama más que a mi. En caso de iniciar el divorcio, seria el Juez quien impondría con quien deba estar mi niña?
No sé si podrian enviarme los requisitos para iniciar el trámite de divorcio, en donde lo puedo llevar a cabo y cual seria el costo? Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 320863
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Julio de 2013 12:32 2013-07-09 12:32 desde IP: 201.102.98.183
buen dia, debes solicitar un abogado, se ingresa el juicio en el juzgado de tu entidad y el costo varia segun el abogado,
En cuanto a la menor, existe mayor posibilidd de que pertenezca con usted, ya que la guarda y costodia generalmente se queda a cargo de la madre, salvo que el juez valore que existe algun peligro estando bajo su resguardo, pero esto debe ser comprobado.
Nuestro despacho se encarga de resolver controversias familiares, puedes contactarte con nosotros y con todo gusto te damos una mejor asesoria, te ofrecemos costos economicos y trabajamos con honestidad.
Mi nombre: Tania Monroy, Abogada
nuestros telefonos: particular: 88503201
celular: 5520126730
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Autor
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AutorRespuesta No: 320874
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Julio de 2013 14:35 2013-07-09 14:35 desde IP: 187.232.174.109
Hola buenas tardes.
En el Estado de México actualmente se encuentra implementado el divorcio exprés el cual se podría llevar a cabo de manera bilateral, es decir Ustedes podrían platicar para ver la posibilidad de llevar a cabo un solo convenio para que el mismo se ratifique ante la presencia judicial y posteriormente pase a sentencia, en este tipo de convenios se tiene que establecer cláusulas de guarda y custodia, pensión alimenticia, y un régimen de visitas y convivencias para quien no ostenta la guarda y custodia, si ustedes no logran la realización de un convenio en común, cada uno tendrá que proponer su propio convenio, si no se está de acuerdo con la guarda y custodia se tendría que abrir un incidente para que el juez pueda allegarse de pruebas y elementos suficientes que acrediten las razones por las que se pelea la guarda y custodia, sin embargo por la edad de la menor es muy probable que se la otorguen a usted, pues el padre tendría que tener elementos muy fuertes, tanto que acrediten que la menor corre grave peligro a su lado.
Época: Décima Época
Registro: 2000800
Instancia: PRIMERA SALA
TipoTesis: Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: Libro VIII, Mayo de 2012, Tomo 1
Materia(s): Constitucional
Tesis: 1a. XCVIII/2012 (10a.)
Pag. 1097
[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro VIII, Mayo de 2012, Tomo 1; Pág. 1097
GUARDA Y CUSTODIA DE LOS MENORES DE EDAD. ELEMENTOS A LOS QUE HA DE ATENDER EL JUEZ AL MOMENTO DE MOTIVAR SU DECISIÓN.
El interés superior de los menores, previsto en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como criterio ordenador, ha de guiar cualquier decisión sobre guarda y custodia de menores de edad. Dicho de otro modo, el interés del menor constituye el límite y punto de referencia último de la institución de la guarda y custodia, así como de su propia operatividad y eficacia. En consecuencia, al interpretar la norma aplicable al caso concreto, el juez habrá de atender, para la adopción de la medida debatida, a los elementos personales, familiares, materiales, sociales y culturales que concurren en una familia determinada, buscando lo que se entiende mejor para los hijos, para su desarrollo integral, su personalidad, su formación psíquica y física, teniendo presente los elementos individualizados como criterios orientadores, sopesando las necesidades de atención, de cariño, de alimentación, de educación y ayuda escolar, de desahogo material, de sosiego y clima de equilibrio para su desarrollo, las pautas de conducta de su entorno y sus progenitores, el buen ambiente social y familiar que pueden ofrecerles, sus afectos y relaciones con ellos, en especial si existe un rechazo o una especial identificación; la edad y capacidad de autoabastecerse de los menores, entre muchos otros elementos que se presenten en cada caso concreto.
PRIMERA SALA
Amparo directo en revisión 1573/2011. 7 de marzo de 2012. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretario: Javier Mijangos y González.
ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS
ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR
TEL. 47513179 Y 42019327
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Autor
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AutorRespuesta No: 320898
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Julio de 2013 18:58 2013-07-09 18:58 desde IP: 187.201.130.186
CONSULTANTE nr_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Espero que la siguiente información jurídica respecto al DIVORCIO INCAUSADO O MEJOR CONOCIADO COMO “EXPRESS”, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:
DIVORCIO INCAUSADO EN EL DISTRITO FEDERAL.
¿Qué es? ¿En qué consiste?
El Código Civil para el Distrito Federal establece el Divorcio sin causa, que procede si uno de los cónyuges manifiesta su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin precisar causal alguna. De modo que la simple solicitud de divorcio de uno de los cónyuges, basta para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del Matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal, sin importar dónde se haya casado.
Si el último domicilio conyugal se estableció en el Distrito Federal, pueden presentar su solicitud de divorcio incausado ante Juez de lo Familiar del Distrito Federal, acompañando al mismo una propuesta de convenio, que debe contener lo siguiente:
I. La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces;
II.- Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos;
III.- El modo de atender las necesidades de los hijos y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;
IV.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal, en su caso, y del menaje;
V.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de partición;
VI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos o que no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores a los de la contraparte. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo las circunstancias especiales de cada caso.
Requisitos:
I. Tener casado al menos un año.
II. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.
III. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.
IV. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.
V. Realizada la contestación o no, el Juez decretará el divorcio, pese a que haya controversia en el convenio.
VI. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlo valer en vía incidental únicamente respecto al contenido del convenio.
Documentos necesarios:
I. Acta de matrimonio.
II. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).
III. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes adquiridos en sociedad conyugal (en su caso).
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-3253-4941
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