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RENUNCIE Y NO ME ACEPTAN MI RENUNCIA Y QUIEREN SIGA LABORANDO

  • Consulta : 202576
  • Autor : alex76slp_NR
  • Publicado : Viernes 05 de Julio de 2013 12:43 desde la IP: 209.221.240.193
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • alex76slp_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    Buenas tardes, Hace un par de meses entre a laborar a esta compañia, pero por no convenir ya a mis interese personales, el viernes pasado hable con mi jefe para renunciar, aun sin la carta, y me dijo que no estaba de acuerdo y me remitio al director de planta para que hablara con el.

    El director de forma hostil y amedrentadora, me hizo saber que no esta de acuerdo, que estoy utilizando el puesto para obtener mejor salario en otra compañia, etc, etc...  y que ademas hablaria a las empresas de reclutamiento de la ciudad para preguntar si estoy en sus listas, y que no me dejarian ir minimo hasta dentro de un mes... etc.  Asi toda la discucion.

     

    No se que hacer, compo presento y a quien mi carta de renuncia, y yo por supuesto menos ahora, no quiero quedarme mas tiempo que una semana. 

    Que pudo hacer?.. si hubiera alguna clausula en el contrato de cumplir cierta fecha o periodo, es valido o que puedo hacer, porque tambien me lo dijo pero yo no recuerdo que eso viniera en el contrato.

    Sin embargo, ya no quiero trabajar aqui y menos a la fuerza. Que puedo hacer, como procedo?

     

    gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 320477

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    alex76slp:

    Haga su carta de renuncia dirigida a la empresa y, con ella, acuda a la Procuraduría de la defensa del Trabajo para que le elaboren un escrito que firmará y presentará ante la Junta de Conciliación y Arbitraje solicitando que le notifiquen al patrón su renuncia.

    O lo más fácil: simplemente deje de ir a trabajar en la fecha en que deba hacer efectiva su renuncia, el patrón nada puede hacer a menos que quiera gastar en abogados y un juicio civil que usted ganará fácilmente porque el artículo 5 Constitucional previene que nadie puede ser obligado a trabajar sin su pleno consentimiento.......



  • Autor
    Respuesta No: 320488

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ay... Tan simple como dejar de ir a trabajar... Y presentar una demanda en a unta de conciliación y arbitraje... Rescindiendo a relación de trabajo... La procuraduría de la defensa del trabajo ... Sabe que hacer... NO VAYAS A HACER LO QUE RECOMENDA PRIMUS... Porque se van a burlar de ti... No puedes pedir que le notifiquen tu. Renuncia a un patrón... Porque para eso hay ley y acciones... Y nunca y por ninguna causa... Es o hay un juicio civil... Cuándo existe una relación de trabajo .... Al rato van a decir que los comisionistas pueden encantar demandas civiles por las comisiones... Bárbaro Alejandro... Estas bárbaro....



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