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PENSIóN ALIMENTICIA

  • Consulta : 201992
  • Autor : caoh_731005_NR
  • Publicado : Viernes 28 de Junio de 2013 13:26 desde la IP: 200.76.167.170
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,085
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  • Autor
    Consulta

  • caoh_731005_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes, mi caso es el siguiente:

    He estado 3 años separado de mi esposa y ella se quedó con los hijos (2). Durante todo este tiempo le he depositado un promedio de 5-6 mil pesos mensuales para la manutención de los hijos. Ahora ella me demandó por el 50% de mi sueldo. Aún no me llega el citatorio pero me han informado que ya entregó la documentación a la empresa. Aún no nos hemos divorciado. Mi sueldo bruto es de 32,000 pesos. Mi pregunta es cuanto es el porcentaje promedio que me podrían descontar por cada uno de mis hijos. Estoy pagando un coche y otras deudas por lo que el 50% me pondría en bancarrota. No soy un desobligado pues he sido constante en mis depósitos durante todo este tiempo sin necesidad de una pensión. Ella es licenciada en sistemas y trabaja en una paraestatal pero no le pagan para hacer méritos y la puedan dejar de base. Si me pueden asesorar por favor. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 319785

  • lLic.Guzmán
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La pensión alimenticia debe garantizar no solo Alimentos si no tambien vestido, calzado, educación, atención medica, vivienda y recreación sin embargo esta obligación no recae solo en el padre sino en ambos, tu esposa trabaja asi que tambien puede contribuir a la manutencipon de tus menores hijos.

    La pension alimenticia debe ser acorde a las necesidades del menor, el nivel de vida que acostumbra y la capacidad economica del deudor alimentario y en todo el pais cuando el deudor alimentario es asalariado los jugados familiares han mantenido el criterio de un 15% del salario por cada acredor alimentario salvo que las necesidades y nivel de vidal del acredor alimentario sea mayor.

    Por lo tanto lo mas probable es que te condenen al pago de un 15% por cada uno de tus hijos sin embargo como aun no te has divorciado tu esposa tambien puede estar demandando el 15% de pensión alimenticia para ella y/o tambien puede estar argumentando que su salario no le alcanza y que las necesidades de ella y de sus hijos es mayor por lo que te toca a ti probar que no es asi y si tu proceso lo lleva un abogado especialista en derecho familiar como un servidor te aseguro que no te van a descontar mas del 30% de tu salario.  



  • Autor
    Respuesta No: 319787

  • Jann
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas tardes:

    La ley establece que los alimentos se fijan de acuerdo a la posibilidad del que deba darlos y las necesidad que tenga el de recibirlos, ahora te hago referencia que regularmente los abogados al momento de presentar nuestra demanda de alimentos obvio pedimos el porcentaje maximo que el Juez nos puede otorgar, sin embargo eso no significa que el Juez efectivamente lo conceda, regularme el porcentaje que otorgan los jueces por dos menores puede ser del 40%, sin embargo el porcentaje de pension que se impone queda a desicion del Juez, ahora bien, como lo mencionas tu tambien tienes necesidades, deudas, etc. por eso al momento que se te notifique la demanda es mejor que busques asesoria juridica, para que al momento de contestar la misma, tambien se pueda establecer dichas necesidades, o que ella tambien tiene un trabajo y tiene ingresos economicos, para que esto el Juez las tome en cosideracion para determinar el porcentaje que deberas otorgar por pension alimenticia



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