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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 201351
  • Autor : Serafin G
  • Publicado : Viernes 21 de Junio de 2013 11:46 desde la IP: 189.224.125.238
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,223
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  • Autor
    Consulta

  • Serafin G
    USUARIO REGISTRADO

    Buen día.  Soy una persona casada, pero fuera del matrimonio tengo 2 hijas de 4 y 6 años, ellas tienen mi apellido, y con su mamá hice un convenio para la pension alimenticia; la mamá de las niñas tiene pensado casarse, mi pregunta es: ¿legalmente, cuando ella se case ahí terminará mi obligación de darles la pension alimenticia? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 319277

  • ferlex21
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Aunque se case la mama de sus hijas usted debera de seguir proporcionandoles la pension alimenticia a la que se obligo en el convenio correspondiente, recuerde que los alimentos son irrenunciables.





  • Autor
    Respuesta No: 319291

  • GERARDOLEYESBC
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    coincido con los abogados  en su afirmacion  no es renunciable y no se seden a terceros , te menciono la pension alimenticia son los alimentos,el vestido, la habitacion y la asistencia en casos de enfermedad , para los menores de 18 ademas incluyen los gastos necesarios para la educacion primaria del alimentista y para proporcionarle algun oficio,arte o profesion honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales, no obstante los mayores de 18 podran exigir dicha pension si continuan sus estudios universitarios , asi que como mencionas por las edades y conforme a lo establecido en la ley aun tienes un largo camino el cual no se terminara con el matrimonio de tu ex pareja saludos y buena suerte



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