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PENSIóN DEL IMSS LEY 1973

  • Consulta : 199119
  • Autor : BEN53
  • Publicado : Jueves 30 de Mayo de 2013 15:32 desde la IP: 201.157.10.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,119
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  • Autor
    Consulta

  • BEN53
    USUARIO REGISTRADO

    1. Empece a cotizar al IMSS en el año de 1976

    2. Hasta la fecha (Mayo 2013) el IMSS me reconce 570 semanas cotizadas

    3. Entre mi actual trabajo y el anterior deje de cotizar cuatro años (del 19/Dic/2008 al 02/Ene/2013)

    4. Actualmente sigo cotizando (desde el 2 de enero de 2013)

    5. Cumplí los 60 años el 4 de Abril de 2013

    6. Me puedo pensionar bajo la Ley de 1973 en este momento?

    7. Algún problema con la concervación de derechos?

    8. Y si es así que debo hacer?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 317899

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tu conservación de derechos expiró hace poco más de un año.

    Por el tiempo que dejaste de trabajar debes cotizar al menos 26 semanas conscutivas para que se te vuelvan a reconocer todas tus semanas cotizadas.

    Una vez cubiertas esas semanas, y antes de dejar de trabajar, acude al IMSS y solicita una constancia de semanas cotizadas, para ver si ya estan esas 26 semanas y en su caso la nueva fecha conservación de derechos.



  • Autor
    Respuesta No: 317900

  • ESPIRIDION
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si te puedes pencionar bajo los beneficios de esta ley, ya que tu comenzaste a cotixzar, segun me cuentas desde el año de 1976 y esta ley estuvo vigente hasta el añoi de 1996, la actual ley de 1997 es clara en el articulo decimo octavo transitorio de la ley del imss en comento. acontinuacion te trascribo el articulo.

     

    DECIMO OCTAVO.A los asegurados que al momento de entrar en vigor esta Ley opten por acogerse al nuevo sistema de pensiones, les serán reconocidas las semanas cotizadas bajo el régimen anterior, con la finalidad de que al cumplirse los requisitos legales, se les conceda la pensión que corresponda.



  • Autor
    Respuesta No: 317997

  • popocatl
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buen día!

    Estoy en un caso similiar y, después de tiempo y consultas diversas -incluyendo al IMSS, estas son mis respuestas que espero te sirvan.

    Al cotizar desde 1976, tienes derecho a pensionarte con la Ley de 1973. Aquí están los requisitos que puedes ver en el portal del IMSS: //goo.gl/hBwUI

    Te dejo enlaces a archivos que te serán muy útiles:

    • Ley del IMSS de 1973: //goo.gl/V6GAa
    • Compendio Ley IMSS: //goo.gl/BgI3F
    • Calculos Pensión Ley IMSS 1973: //goo.gl/Lzfzl

    La Constancia de Semanas Cotizadas que entrega el IMSS, sólo incluye Semanas de 1982 a la fecha. Resulta que el Sistema que tienen arrancó en ese año y decidieron no capturar años anteriores. 

    Tienes que hacer una Solicitud de Aclaración de Semanas Cotizadas en el IMSS (COFEMER. Homoclave: IMSS-02-056): //goo.gl/BVHW6 

    También hay un PDF del IMSS sobre este trámite: //goo.gl/6A4ok

    Com pudiste leer en los requisitos para Pensión, es indispensable estar dentro de la "Vigencia de Derechos". Después que dejaste de cotizar, el IMSS te mantiene con derechos por un plazo de 3 meses. Después de ese tiempo, calculan la Vigencia de Derechos, como una 4a parte de las "Semanas Cotizadas Reconocidas". En tu caso, serían 570/4=142 Semanas (o sea, 2 años y 9 meses aprox). Si dejaste de cotizar desde enero 2009, tu Vigencia terminó en sep.2011 aprox. Desde luego, contando sólo las 570 semanas que reconoce el IMSS. 

    AQUÍ VIENE LO INTERESANTE:

    Puedes (debes) reclamar las Semanas Cotizadas de 1976 a 1982 (aprox. 300 semanas más). Aparte de que mejora el monto de tu pensión, te daría 75 semanas más de vigencia de derechos. Serían como año y medio, lo cual te daría Vigencia de Derechos hasta marzo del 2013, muy cerca de la fecha en que cumpliste los 60 años (abril de 2013).

    Si después de la "Búsqueda Manual", el IMSS reconoce más de 880 semanas cotizadas, ¡Te Pagarían tu Pensión desde abril del 2013! 

    IMPORTANTE:

    Recuerda que para el cálculo de tu pensión, el IMSS toma el promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. 

    Hay una forma de incrementar ese promedio: 

    Darse de baja del IMSS como empleado y tomar la "Modalidad 40" con el Monto más Alto Permitido (25 salarios minímos del DF). Equivale a $1,509 diarios y harías 6 pagos mensuales de $5,000 (o por el tiempo que puedas o desees). Cuantos más pagos hagas con este monto, mayor será tu promedio para pensión.

    Es importante que, antes de darte de baja en la "Modalidad 40" para tramitar tu pensión, solicites una nueva Constancia de Semanas Cotizadas. 

    Desde luego, puedes seguir cotizando con el salario que tienes actualmente o tomar la "Modalidad 40" con un salario menor a 25 SMDF. 

    Lo que no debes dejar pasar es tu Aclaración de Semanas Cotizadas (Años entre 1976 y 1982) porque el IMSS tiene que buscar en Archivos Documentales y tardan como 3 meses. 

    Espero haberte sido útil.

    Saludos,

    Julio Popócatl



  • Autor
    Respuesta No: 317999

  • popocatl
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buen día!

    Estoy en un caso similiar y, después de tiempo y consultas diversas -incluyendo al IMSS, estas son mis respuestas que espero te sirvan.

    Al cotizar desde 1976, tienes derecho a pensionarte con la Ley de 1973. Aquí están los requisitos que puedes ver en el portal del IMSS: //goo.gl/hBwUI

    Te dejo enlaces a archivos que te serán muy útiles:

    • Ley del IMSS de 1973: //goo.gl/V6GAa
    • Compendio Ley IMSS: //goo.gl/BgI3F
    • Calculos Pensión Ley IMSS 1973: //goo.gl/Lzfzl

    La Constancia de Semanas Cotizadas que entrega el IMSS, sólo incluye Semanas de 1982 a la fecha. Resulta que el Sistema que tienen arrancó en ese año y decidieron no capturar años anteriores. 

    Tienes que hacer una Solicitud de Aclaración de Semanas Cotizadas en el IMSS (COFEMER. Homoclave: IMSS-02-056): //goo.gl/BVHW6 

    También hay un PDF del IMSS sobre este trámite: //goo.gl/6A4ok

    Com pudiste leer en los requisitos para Pensión, es indispensable estar dentro de la "Vigencia de Derechos". Después que dejaste de cotizar, el IMSS te mantiene con derechos por un plazo de 3 meses. Después de ese tiempo, calculan la Vigencia de Derechos, como una 4a parte de las "Semanas Cotizadas Reconocidas". En tu caso, serían 570/4=142 Semanas (o sea, 2 años y 9 meses aprox). Si dejaste de cotizar desde enero 2009, tu Vigencia terminó en sep.2011 aprox. Desde luego, contando sólo las 570 semanas que reconoce el IMSS. 

    AQUÍ VIENE LO INTERESANTE:

    Puedes (debes) reclamar las Semanas Cotizadas de 1976 a 1982 (aprox. 300 semanas más). Aparte de que mejora el monto de tu pensión, te daría 75 semanas más de vigencia de derechos. Serían como año y medio, lo cual te daría Vigencia de Derechos hasta marzo del 2013, muy cerca de la fecha en que cumpliste los 60 años (abril de 2013).

    Si después de la "Búsqueda Manual", el IMSS reconoce más de 880 semanas cotizadas, ¡Te Pagarían tu Pensión desde abril del 2013! 

    IMPORTANTE:

    Recuerda que para el cálculo de tu pensión, el IMSS toma el promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. 

    Hay una forma de incrementar ese promedio: 

    Darse de baja del IMSS como empleado y tomar la "Modalidad 40" con el Monto más Alto Permitido (25 salarios minímos del DF). Equivale a $1,509 diarios y harías 6 pagos mensuales de $5,000 (o por el tiempo que puedas o desees). Cuantos más pagos hagas con este monto, mayor será tu promedio para pensión.

    Es importante que, antes de darte de baja en la "Modalidad 40" para tramitar tu pensión, solicites una nueva Constancia de Semanas Cotizadas. 

    Desde luego, puedes seguir cotizando con el salario que tienes actualmente o tomar la "Modalidad 40" con un salario menor a 25 SMDF. 

    Lo que no debes dejar pasar es tu Aclaración de Semanas Cotizadas (Años entre 1976 y 1982) porque el IMSS tiene que buscar en Archivos Documentales y tardan como 3 meses. 

    Espero haberte sido útil.

    Saludos,

    Julio Popócatl



  • Autor
    Respuesta No: 318006

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    En muy diversas ocasiones he hecho valer en distintos Foros que:

    NO EXISTE MEJOR PERITO EN LA MATERIA QUE UNA VICTIMA DE LOS HECHOS.

    Comento lo anterior, ya que me parece esplendida la aportación de JULIO POPÓCATL, por lo que con gusto le otorgo una palomita por considerar su aportación como muy útil.

    Mis respetos.

    SALUDOS A TODOS



  • Autor
    Respuesta No: 351816

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    POR LA INFORMACIÓN QUE PROPORCIONAS, CREO QUE  EL SEGURO SOCIAL TE INVALIDARÁ LAS  ÚLTIMAS SEMANAS QUE TIENES COTIZADAS Y EN CONSECUENCIA,  TE ENCONTRARÁS  FUERA DE CONSERVACIÓN DE DERECHOS, PARA QUE SALGAS DE DUDAS, SIGUE LOS PASOS QUE TE RECOMIENDA MARCOM CMLX.SUERTE.



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