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PRESCRIPCION IMPUESTO PREDIAL EN EL DISTRITO FEDERAL
- Consulta : 198698
- Autor : adrian_lex_7p_NR
- Publicado : Lunes 27 de Mayo de 2013 13:59 desde la IP: 187.174.192.68
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 27 de Mayo de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas Tardes.
Nuestro padre construyó en el Distrito Federal su casa en el año 2000 para lo cual le dieron su licencia que ampara 300 m2 de construcción, posteriormente falleció y ahora que estamos en el tramite de escrituración nos hemos percatado que las boletas prediales sólo señalan como construcción 180 m2; es importante señalar que se han pagado TODAS las boletas prediales y la cuenta no registra adeudo alguno y además nunca se nos ha notificado ningún procedimiento de fiscalización o citación alguna por este motivo, por lo que nuestra pregunta consiste en saber si Tesorería puede o no cobrarnos las diferencias que existan de impuesto predial por el número de m2 faltantes desde la construcción de la casa o sólo de cinco años a la fecha, es decir, del año 2008 hasta ahora y en su caso a quien puedo consultar para el tramite correspondiente.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 319976
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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Julio de 2013 14:06 2013-07-01 14:06 desde IP: 187.213.42.235
Es correcta tu apreciación, ya que de acuerdo al Codigo Fiscal del Distrito Federal solamente pueden hacerlo de los últimos 5 años, ahora bien este trámite se realiza ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal y posteriormente ante Fiscalización, el trámite es tardado, pero si se puede solicitar la prescripción y/o caducidad.
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