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ACCION PENAL POR CORREOS ELECTRONICOS CON DAÑO MORAL
- Consulta : 198486
- Autor : nr_NR
- Publicado : Viernes 24 de Mayo de 2013 16:54 desde la IP: 187.170.186.13
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,124
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Mayo de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 319308
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 22:33 2013-06-21 22:33 desde IP: 189.147.185.116
Si se puede entablar una demanda por daño moral por correos electronicos es una ley especial que actualmente se encuentra vigente en el DF, hay que acreditar quien es la persona que los envio y la afectacion que produjo en su persona son necesarias varias periciales en informatica, psicologia y demas pruebas que pueda uno aportar, quedo a sus ordenes por si tiene mayores dudas le dejo mis datos 044 55 34 34 71 08, saludos
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AutorRespuesta No: 319312
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 23:00 2013-06-21 23:00 desde IP: 189.137.220.255
Si puede demandar daño moral, con las pruebas que el abogado anterior le precisa. Lo mas importante es acreditar la afectación personal que produjo la divulgación de la información por medios electronicos.
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