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CREDITO FISCAL DESDE 1994.
- Consulta : 196182
- Autor : often29_NR
- Publicado : Viernes 03 de Mayo de 2013 19:39 desde la IP: 189.220.148.23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,119
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 03 de Mayo de 2013
Estado de Referencia: Chihuahua
Buenas tardes, se tiene un credito fiscal desde el año 1994, segun el SAT se nos habia notificado en nuestro domicilio, cosa que nunca fue asi, despues fuimos notificados por estrado, cosa que ellos dicen es valida, ahora se hizo un proceso de revocacion de dicho credito y en la hoja que nos llego dicen que si, que ellos estan mal y ninguna notificacion fue valida, pero que ahora en el 2013 ya estamos notificados de dicho credito y que tenemos que pagarlo con intereses, ellos se basan en la ley de 1994 en la cual al parecer no habia un determinado tiempo para notificarme, y pues segun ellos ahora ya lo estoy y la casa se encuentra embargada desde el año 2002 y nosotros apenas nos dimos cuenta en Noviembre del 2012 y comenzamos el proceso de la revocacion, ahora toca llevar el caso ante un Juicio, agradeceria opiniones.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 315651
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Mayo de 2013 19:50 2013-05-03 19:50 desde IP: 189.177.25.62
Debes consultar con un abogado especialista en derecho fiscal, pero los créditos fiscales prescriben en el término de cinco años. Término que comienza a correr a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido.
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Autor
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AutorRespuesta No: 315652
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Mayo de 2013 20:04 2013-05-03 20:04 desde IP: 189.220.148.23
Si, de hecho ya estamos con un abogado fiscal, es quien nos esta llevando el caso, pero nos comenta como les digo, que el SAT ahora quiere que la notificacion del 2012 sea la valida, el nos habia comentado desde un inicio que se tenian 5 años a partir de que fue hecho no recuerdo su nombre, pero es cuando emiten la respuesta de que se debe o no el credito, ahora pues resulta esto, y pues me siguen quedando las dudas ya que desconozco completamente la ley en este caso de aduanas, que segun en el tiempo que se realizo el credito, no se tenia un tiempo estimado para notificarle a la persona, ademas que ellos tuvieron siempre mal la direccion de nosotros y por lo mismo nunca nos encontraron, pero la primera notificacion que segun ellos existio si fuimos notificados, segunda notificacion no se ubico el domicilio ya que es inexistente el que ellos tienen, y por ultimo se nos notifico via estrados, ahora con la revocacion pues eliminamos las 3 notificaciones anteriores mas no la del 2012, 18 años despues, que ellos mismos expresan dichos años en la resolucion, ahora pues el abogado nos comenta que nos iremos a juicio para anular todo el proceso, pero que el SAT se apega a la ley de 1994, que vuelvo a comentar es esto posible? Y al igual como comentas en dichos años no existia dicho plazo para notificarnos? Gracias por tu respuesta y tiempo Luis.
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