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PUEDO DEMANDAR A TELMEX???

  • Consulta : 189425
  • Autor : susan.azul_NR
  • Publicado : Miércoles 06 de Marzo de 2013 19:42 desde la IP: 201.103.85.68
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • susan.azul_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    TENGO UN TERRENO Y QUIERO CONSTRUIR EL SEGUNDO PISO PERO EN LA ESQUINA DEL MISMO UNOS CABLES DE TELMEX SE ATRAVIESAN Y OBSTRUYEN , HE IDO PARA QUE LOS QUITEN YA QUE ME ESTORBARIAN AL CONSTRUIR, PERO SOLO HE OBTENIDO NEGATIVAS O ME DICEN QUE EN QUINCE DIAS IRAN A QUITARLOS Y PASAN ESE TIEMPO Y NADA , VOY A  HABLAR Y AHORA HASTA SE NIEGAN, A VECES E PENSADO EN CORTARLOS PPERO NO SE QUE TAN PROBLEMATICO SERIA, ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR, ANTE QUIEN DEMANDO Y BAJO QUE FUNDAMENTOS  O QUE PASARIA SI LOS CORTO YO?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 305853

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE susan.azul_NR,

    P R E S E N T E :

            

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante que lo que debe de hacer jurídicamente en su caso es, PROMOVER A LA BREVEDAD POSIBLE UN INTERDICTO DE OBRA PELIGROSA,
    que es un juicio breve para la suspensión de aquella obra que ponga en riesgo la integridad física o la de sus bienes (justificado o comprobado), por la realización de una obra nueva o peligrosa, y va dirigido a que se adopten medidas urgentes de precaución por el mal estado de un edificio, árbol, columna, etc; que pueda generar un peligro para la seguridad de las personas o de las cosas. Este interdicto lo puede plantear no sólo el poseedor, sino también personas que se puedan ver afectadas, de esa forma puede Usted solicitar que la Autoridad Judicial ORDENE EN SU FAVOR QUE TELMEX QUITE ESOS CABLES PELIGROSOS, Y SINO LO HACE PUEDE OBLIGARLO POR LA FUERZA PÚBLICA LA AUTORIDAD JUDICIAL, entiende; saludos.

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-2848-7477

     

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s  a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)



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