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ME DESPIDIERON JUSTIFICADAMENTE

  • Consulta : 187889
  • Autor : arq_aguerosnogueda_NR
  • Publicado : Sábado 23 de Febrero de 2013 00:41 desde la IP: 189.214.67.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,070
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  • Autor
    Consulta

  • arq_aguerosnogueda_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guerrero

    HOLA, QUISIERA SABER A QUE TENGO DERECHO DESPUES DE QUE TERMINE MI RELACION LABORAL CON LA EMPRESA, EL DESPIDO FUE POR QUE ME CONTRATARON POR TIEMPO DETERMINADO OSEA HASTA QUE SE CONCLUYERA LA OBRA LO CUAL OCURRIO Y PROCEDIERON A DESPEDIRME CON JUSTIFICACION. TRABAJE CON ELLOS 2 AÑOS Y 3 MESES, ESPERO ME PUEDAN AUXILIAR. GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 304176

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si lo suyo fue una relación laboral, las causas que pueden originar la conclusión del contrato individual de trabajo las encontramos en el artículo 53 de la LEY FEDERAL DE TRABAJO y estas pueden ser por:

    “I.     El mutuo consentimiento de las partes;

     II.    La muerte del trabajador;

    III.  La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36,37 y 38;”

    Si fue despedido, el patrón tiene la carga de la prueba en la cual deberá demostrar la terminación de la obra, porque “Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón las causas de la terminación, tendrá el trabajador, los derechos consignados en el artículo 48”.

    Debe asesorarse por un abogado. Suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 304185

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    acude a la procuraduria de la defensa dle trabajo... para que ellos te hagan tu cuenta...

    si fue en forma justificada... le dieron aviso a la junta local de conciliacion y arbitraje y te dieron copia de la causa del despido... fundada en lo que señale el articulo 47 de la ley federal del trabajo...

    pero si no ocurrio asi... aun cuando haya terminado la relación por la falta de trabajo... tienes que ser LIQUIDADO... y no FINIQUITADO...

    explico..

    liquidar es recibir.... 90 dias de salario... 12 dias de salario por prima de antiguedad... partes proporcionales de aguinaldo... vacaciones... prima vacacional

     

    finiquitar... es solo recibir las partes proporcionales señaladas...



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