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RESPONSABILIDAD CIVIL
- Consulta : 187062
- Autor : lic_valarcon_NR
- Publicado : Domingo 17 de Febrero de 2013 18:53 desde la IP: 201.141.13.195
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 17 de Febrero de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 303169
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Febrero de 2013 19:41 2013-02-17 19:41 desde IP: 187.194.35.198
730 dias del salario que tuviera en ese momento el muerto... ley federal del trabajo y lo que se señale en reparción del daño de la ley penal de tu estado... abogado?
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AutorRespuesta No: 303173
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Febrero de 2013 19:49 2013-02-17 19:49 desde IP: 187.201.158.39
Ello es reparación del daño proveniente del delito, Y ELLO LO DETERMINA EL C. AGENTE DEL MINISTERO PÚBLCO O DEL C. JUEZ PENAL, según sea el caso, saludos.
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