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RESPONSABILIDAD CIVIL

  • Consulta : 187062
  • Autor : lic_valarcon_NR
  • Publicado : Domingo 17 de Febrero de 2013 18:53 desde la IP: 201.141.13.195
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • lic_valarcon_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Si un apersona priva de la vida a otra, bajo dos supuestos: El primero un homicidio intencional ( doloso ); y el otro un homicidio imprudencial, cual es el monto de su indemnización y cual es fundamento, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 303169

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    730 dias del salario que tuviera en ese momento el muerto... ley federal del trabajo y lo que se señale en reparción del daño de la ley penal de tu estado... abogado?



  • Autor
    Respuesta No: 303173

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Ello es reparación del daño proveniente del delito, Y ELLO LO DETERMINA EL C. AGENTE DEL MINISTERO PÚBLCO O DEL C. JUEZ PENAL, según sea el caso, saludos.



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