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AYUDA NO SE QUE HACER!!!

  • Consulta : 183745
  • Autor : maxita_24_NR
  • Publicado : Lunes 21 de Enero de 2013 22:15 desde la IP: 189.188.92.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • maxita_24_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Oaxaca

    buen dia:

    mi cosnulta es porque mi mama hace año y medio tuvo un infarto cerebral el cual le dejo una secuela, ella despues de 9 meses de incapcidad regreso a trabajar en mayo. su medico familiar del imss la esta presionando para que ya se pensione y le dijo que si no lo hace ella ellos lo haran por invalidez, yo realmente no he encontrado una respuesta que me ayude a elegir que pension sera mejor si por invalidez o por cesantia. ella tiene 64 años y 1141 cotizadas.con 22 años cotizando, su sueldo mensual es de 8,464.00 pero estoy confundida pues basandome en esta cantidad su salario diario es de 282.13 pero en la afore le marca 433 su salario eso no entiendo. ojala con estos datos me puedan ayudar y saber de cuanto seria aproximadamente su pension y mas que todo decirme si el imss puede iniciar tramites o pnesionarla  aunque mi mama no quiera y  por invalidez.

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 299565

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por ley 73 a los 64 años su pensión por invalidez o cesantía sería casi la misma, ligeranente mejor por invalidez, a los 65 serían igual.

    El salario que aparece en el estado de cuenta de la afore, es el salario base de cotización y es un salario integrado, por eso siempre es mayor que el de nómina o de tabulador. La gran diferencia quiere decir que tal vez tu mamá cuente con algunas buenas prestaciones.

    De todas maneras para calcular la pensión por ley 73, ya sea de invalidez, de cesantía o de vejez el cálculo se hace considerando el salario de cotización promedio de los últimos cinco años y el total de semanas cotizadas.

    Si cuentas con el dato se puede calcular.



  • Autor
    Respuesta No: 299625

  • abodgo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    el calculo para determinar su pensión por invalidez de conformidad con la ley 73 se realiza en los mismos terminos como si fuera vejez es decir como si ya hubiese cumplido los 65 años por lo cual seria ligeramente mejor, y aunque tu mamá no quiera el IMSS le puede dictaminar su invalidez , sin embargo el proceso para la dictaminación de la invalidez y la emisión de la resolución algunas veces es muy largo así que probablemente en el proceso tu mamá cumpla los 65 años, ahora bien para efectos practicos debes considerar que no va a elegir el regimen a ciegas, el IMSS tiene la obligación de presentarle un estimado de cada una de ellas y así elegir el que mas le convenga y nunca olvides que si elige el regimen 73 tiene derecho a recuperar su  retiro 97, sar e infonavit , este último solo si no fue ejercido.

    calculo aprox. de pensión por invalidez definiva regimen 73

    si fuera el salario diario $433=$5584.25

                         "                       $282=$3940.83

    calculo por invalidez definitiva regimen 97

    35% del salario promedio ultimas  quinientas semanas cotizadas



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