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BIEN INMUEBLE ADQUIRIDO ANTES DEL MATRIMONIO ENTRA EN LA SOCIEDAD CONYUGAL
- Consulta : 182822
- Autor : gabyflores2011_NR
- Publicado : Lunes 14 de Enero de 2013 12:56 desde la IP: 148.243.159.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,121
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 14 de Enero de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola..Estoy a punto de contraer matrimonio por el civil, hemos acordado casarnos por bienes mancomunados, asimismo hace 9 años adquirir un crédito de vivienda por parte de mi trabajo (FOVISSSTE), el cual acabo de liquidar hace un año, por los trámites tan burocráticos aún no tengo escrituras originales sobre este inmueble, únicamente fotocopia de las mismas donde aparezco como COMPRADORA Y DEUDORA, mi duda es: ¿Este inmueble entra en la sociedad conyugal?, siendo así, pudiera hacer capitulaciones matrimoniales con las copias que tengo, he hablado a algunas notarias, y me dicen que los bienes adquiridos antes del matrimonio no entran en la sociedad conyugal, ¿ésto es cierto? O que me recomiendan hacer.
De antemano agradezco su atención.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 298482
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Enero de 2013 13:10 2013-01-14 13:10 desde IP: 187.201.243.162
CONSULTANTE gabyflores2011_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Espero que la siguiente información jurídica sobre el tema de SOCIEDAD CONYUGAL, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:
La sociedad conyugal se forma entre dos personas y nace en razón del matrimonio, en este el patrimonio está integrado por activos y pasivos destinados a repartirse entre los cónyuges por partes iguales al momento de la disolución de la sociedad.
El patrimonio se conforma por:· Haber Absoluto. que son aquellos bienes que ingresan al patrimonio de la sociedad y están destinados a repartirse entre los cónyuges al momento de la disolución.
· Haber Relativo. que son aquellos bienes que aportan los cónyuges a la sociedad, quedando esta obligada al momento de la disolución a devolverlos si existen o restituir su valor.
· Los Pasivos. Son deudas sociales que al momento de la disolución de la sociedad conyugal existan para los cónyuges y tienen la obligación de liquidar.
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· Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL CON ESPECIALIDAD EN CONTRATOS, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 298543
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Enero de 2013 17:53 2013-01-14 17:53 desde IP: 187.195.74.248
Hola buenas tardes. Efectivamente tal y como te lo han dicho en las notarias, las propiedades adquiridas antes de contraer matrimonio no entran dentro de la sociedad conyugal, no tienes de que preocuparte, tu casa será intocable si se llega a un divorcio y a una repartición de bienes. ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR TEL. 42019327/ 49830259/ 47513179 w w w. Ortizrubiolegal. Com. Mx
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