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OBLIGACIONES DE PADRES SEPARADOS SOBRE SUS HIJOS

  • Consulta : 182081
  • Autor : jadriana.drew_NR
  • Publicado : Lunes 07 de Enero de 2013 00:19 desde la IP: 189.172.157.193
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  • Autor
    Consulta

  • jadriana.drew_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California Sur

    Buenas noches!!! Necesito de la ayuda de algún especialista en todo lo relacionado a obligaciones y derechos de los padres separados con sus hijos. Mi situación es la siguiente: tengo dos hijos, el primero producto de mi primera relación de pareja, en la cual mi pareja terminó envuelto en drogas y demás problemas muy fuertes los cuales fueron causa de nuestra separación, y por la cual decidí ser madre soltera con mi pequeño buscando su bienestar, su padre prácticamente no existe pues jama´s lo busca, el vive en su mundo de alucinaciones. Tras cinco años inicio una relación informal con un docente de primaria soltero, el cual trabaja para SEP en BCS, después de casi dos años de mantener una relación tranquila pero complicada pues vivíamos en ciudades diferentes, me embarazo de un pequeño que actualmente tiene  dos años y medio, su padre  desde que tuvo conocimiento de mi embarazo reconoció que era su hijo el bebé que se estaba formando en mí, pero es es justo desde ese momento,  cuando dice darse cuenta que debíamos seguir nuestros rumbos separadamente, pero que él respondería y reconocería a mi bebé, aún yo estando embarazada, su actual pareja buscó la manera de enterarme él ya tenía otra relación, honestamente ha sido doloroso y difícil, ya que en efecto él cada quincena me deposita 1000 pesos, y viene de visita unas horas a dónde vivo con mis hijos cada dos o tres semanas, siempre, SIEMPRE está lamentando no tener dinero para aportar mas, jamás le he puesto una soga en el cuello para que coopere, sin embargo, él he podido saber (la pareja trata de enterarme) se van de vacaciones, actualmente trae un auto de modelo reciente, jamás es capaz de cooperar con extras para su hijo (ropa, zapatos, detalles), al menos prácticamente se los exija. El sigue soltero, pero con su relación, parece que realmente quiere a mi bebé, pero tengo que reconocer que se comporta arrogante y altanero incluso en mi propia casa, no me insulta, pero a pesar que siempre he tratado de comprender sus supuesta poca liquidez, él jamás trata de comprender que tengo que trabajar en 3 empleos ya que soy yo quien trabaja para mis hjos, yo estoy soltera viviendo en una casa de interés social. En fin, todo esto creo es necesario para conocer un poco el panorama en el que vivo con mis hijos, mi ex pareja, padre de mi pequeño bebé me pide llevar a mi bebé con su familia a otra ciudad, y yo, honestamente, aunque mi bebé lo quiere, desconozco el lugar a donde lo lleva, no me gustaría su pareja conviviera con mi bebé, y debido a esto, estoy pensando seriamente en demandarlo para que la pensión para mi bebé se asegure hasta que, si Dios permite, termine sus estudios, pues si ahorita dice limitarse, no imagino más adelante. Tengo miedo de que el juez me exija dejar que se lleve a mi bebé por días a un lugar alejado de mí, ya que mi niño pide mi presencia al ocultarse el sol, en fin.. necesito apoyo, necesito saber si él puede llevárselo, por cuánto tiempo, bajo qué condiciones, no quiero someternos a un pleito desgastante, sino simplemente evitar problemas que casi estoy seguro a futuro pueden afectar el bienestar de mi pequeño hijo.. espero su respuesta.. mil gracias!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 297692

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    CONSULTANTE jadriana.drew_NR,

    Presente:         

                     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consulante que los DERECHOS Y DEBERES EN LAS RELACIONES PADRES-HIJOS, son los siguientes a saber:

     

    Puesto que en la entrada anterior tratamos sobre la obediencia, es conveniente conocer lo que el Código Civil establece como derechos y deberes en las relaciones entre padres e hijos.

     

    Los padres tienen la obligación de cuidar, alimentar, formar y educar a sus hijos e hijas hasta que son mayores de edad. Estas obligaciones no implican caprichos o privilegios especiales, estos son concesiones de los padres que deben estar en proporción con el comportamiento y la colaboración de los hijos e hijas en la vida familiar. Los padres no están obligados a dar a los hijos e hijas todo lo que piden, no serán mejores padres por ello. Ni es aconsejable que les regalen cosas superfluas que puedan justificar el tiempo que no pasan con ellos. No obstante sí deben darles lo esencial: cuidado, apoyo, afecto y normas que les conviertan en buenas personas, buenos ciudadanos y les posibilite un futuro.

     

    Los hijos e hijas tienen el deber de obedecer y respetar siempre a sus padres. Esto lo deja claro el Código Civil. Además tienen la obligación de contribuir y participar en las responsabilidades de la vida familiar. No les ayudamos a hacerse personas maduras si la educación que les damos permite la desobediencia, la ausencia de responsabilidades y la falta de respeto a los propios padres y, por extensión, a los demás. Las normas del hogar deben ser puestas por los padres. Deben ser razonables, explicables y justas. Deben ser consecuentes con los valores y las expectativas familiares y sociales.

     

    Esta es la responsabilidad de los padres y muchos tienen dudas sobre como desempeñar su papel. Se sienten coaccionados por sus hijos o hijas cuando intentan ponerles normas. Por un lado sienten perder la “amistad” y la confianza que tienen con ellos y, por otro, temen sus desproporcionadas reacciones. No es fácil esta tarea, pero no encontrarán a nadie que los sustituya, y de acuerdo al Código Civil estos derechos y obligaciones son:

     

    Los hijos no emancipados están bajo la potestad de los padres.

     

    La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica.

     

    Esta potestad comprende los siguientes deberes y facultades:

     

    1. Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.

     

    2. Representarlos y administrar sus bienes.

     

    Si los hijos tuvieren suficiente juicio deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten.

     

    Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad.

     

    Los hijos deben:

     

    1. Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles siempre.

     

    2. Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella, espero que esta información le sea de utilidad en su caso y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

    Celular: (044) 55-2848-7477

     

    WEB:  w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s  a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)



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