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DISPONER DE BIEN INMUEBLE OCUPADO POR MI EX, PROPIEDAD DE MI MADRE
- Consulta : 181477
- Autor : g_lozada_p_NR
- Publicado : Sábado 29 de Diciembre de 2012 05:59 desde la IP: 189.130.113.243
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 29 de Diciembre de 2012
Estado de Referencia: Puebla
hola, mi pregunta es ex de la cual aun no estoy divorciado pero no vivo con ella desde hace 6 años dejo la casa donde vivimos la cual es propiedad de mi madre, la dejo totalmente vacia pero la dejo con seguro y candados, puedo entrar en ella y disponer sin problemas legales.
por otro lado y para mas informacion, soy deudor de una pension alimenticia de un 50 % con dos hijos, la mayor ya esta titulada y con cedula profesional de una carrera y cuenta con la edad de 23 añor y el menor ya esta en el 2° semestre en la universid
gracias por su ayuda espero su respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 296966
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Diciembre de 2012 11:32 2012-12-29 11:32 desde IP: 189.244.5.165
Si la casa esta desocupada, la propietaria (su madre) puede disponer de ella en cualquier momento, puede romper y cambiar candados y cerraduras puesto que es propiedad de ella, ademas, puede hacer lo que quiera y en su caso usted puede ocuparla sin ningun problema y si su esposa pretende regresar solo habra que decirle que no puede entrar porque es casa de su madre y ella no le da permiso de entrar, asi de simple, ella no puede hacer nada ni mucho menos demandar... que demandaria?
Sus hijos son de por vida y de usted depende el ayudarlos, no obstante que es su obligacion si hay menores de edad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 296970
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Diciembre de 2012 13:04 2012-12-29 13:04 desde IP: 189.130.169.34
De acuerdo con el licenciado anterior, creo que lo que le preocupa a usted es una posible denuncia de despojo pero no es el caso ya que no se encuentra en posesion del bien inmueble y si debe apoyar al mantenimiento de sus hijos no obstante la ley previene que esto es de manera proporsional a sus ingresos y de su (aun) esposa, es que mas tiene mas da, pero deberia acudir con un abogado de su confianza ya que le recuerdo que el derecho civil es rogadisimo, es decir que solo se actua a instancia de parte legitimada y no se le defendera de oficio ni el juez establecera las proporsiones de esa manera.
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