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PUEDO PONER EL PREDIAL A MI NOMBRE SI LO PAGO?

  • Consulta : 181342
  • Autor : anincer_NR
  • Publicado : Jueves 27 de Diciembre de 2012 14:03 desde la IP: 201.170.52.77
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • anincer_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    hola quisiera saber si puedo poner a mi nombre el predial si lo sigo pagando yo el terreno donde vivo no tiene escrituras solo un titulo de coret y  las personas que vivian alli ya fallecieron yo me quede a vivir alli por necesidad y he ido arreglando el lugar ya que fue bandalizado tambien quisiera saber como puedo hacer para poner la p´rpiedad a mi nombre el inmueble tiene deshavitado 8 años y yo tengo viviendo 3

    saludos les agrdeceria su respuesta dios los bendiga

     

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  • Autor
    Respuesta No: 296830

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No puede poner el predial a su nombre. Si tiene usted el titulo original, comprobantes del domicilio a su nombre (agua, luz) y las boletas de pago predial, requiere promover un Juicio de Usucapion o Prescripcion Positiva...para ello requiere de un Abogado.

    El Codigo Civil Federal señala:

    Articulo 1151.- La posesion necesaria para prescribir debe ser:

    I.- En Concepto de Propietario,

    II.- Pacifica;

    III.- Continua;

    IV.- Publica.

    Articulo 1152.- Los bienes inmuebles se prescriben:

    I.- En cinco años, cuando se poseen en concepto de propietario, con buena fe, pacifica, continua y publicamente.



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