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MI PENSION ES DEL 75% EN LUGAR DEL 80%
- Consulta : 180909
- Autor : bbvaenrique_NR
- Publicado : Miércoles 19 de Diciembre de 2012 16:45 desde la IP: 189.190.147.241
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Diciembre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
Srs. Licenciados.-En mi recurso de inconformidad resolvieron a mi favor 99 semanas que no me consideraron en la resolución. En la misma inconformidad manifesté no estar de acuerdo con el porcentaje otorgado de pensión que resolvieron era del 75% en lugar del 80% Ellos manifiestan que mi baja al imss fue el 15 de marzo del 2012 fecha en que tenía 60 años cumplidos (fecha de nacimiento7 de enero de 1952) y mi tramite de pensión la inicié hasta agosto del 2012. ya que no me resolvian lo de las semanas cotizadas y que luego me reconocieron en mi inconformidad.
En el mes de agosto del 2012 que inicié mi tramite de pensión ya tenía mas de 6 meses 1 dias que marca la ley para para que mi pensión fuera en lugar del 75% fuera del 80%, mas sin embargo manifiesta el imss que el porcentaje del 75% es la correcta ya que mi baja del imss fue a partir del 15 de marzo del 2012 aunque mi tramite de pensión la haya iniciado hasta el mes de agosto del 2012
Pregunta.- ¿ Es correcto lo que manifiesta el imss? ya que no era mi culpa que no me reconocieran las semanas faltantes y que eso hiciera que el tramite de mi pensión lo iniciara hasta el mes de agosoto ?
¿ procede que interponga otro recurso de inconformidad por el porcentaje que me calcularon ?
agradeciendo por su atención a la presente, quedo a sus ordenes.
atte
Enrique Martinez Palacios.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 296307
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Diciembre de 2012 18:07 2012-12-19 18:07 desde IP: 189.225.162.44
Lo que el IMSS te dice es correcto.
Independientemente del problema que manifiestas de las semanas cotizadas, tu dejaste de cotizar cuando tenías 60 años y dos meses aproximadamente, adquiriendo el derecho a una pensión por cesantía con 60 años.
El hecho de que solicites tu pensión a los 60 años y medio, y aunque la hubieras solicitado hasta que tuvieras 65 años o 70, no cambia el porcentaje y seguirá el mismo con el que adquiriste el derecho a pensionarte.
Si hubieras dejado de cotizar en agosto de este año ya sería otro boleto.
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