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DIVORCIO

  • Consulta : 178150
  • Autor : joyarzabala_NR
  • Publicado : Martes 27 de Noviembre de 2012 22:06 desde la IP: 201.124.231.18
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • joyarzabala_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Tengo 4 años separado, tengo un hjo de 20 años que estudia en una Universidad privada, yo no tengo un trabajo fijo. Mis ingresos son de 7900 pesos son por honrarios. Vivo en la Delegación Coyoacán y rento por 5000 pesos más gastos de luz, agua, gasolina ,alimentación , así como medicamentos que requiero por ser asmático

    .Fui a los juzgados a pedir poyo gratuito y excedo más de los salarios mínimos. Mi esposame demanda 4000 pesos de manutención, yo puedo aportar con 2000 pesos pues mis ingresos no son constantes. Hasta el mes de mayo del año actual fui constante con la manutención pero con la situación actual me es imposible dar ese cantidad.

    En la demanda que me llegó me piden la disolución del matrimonio, pagar los gastos que genere y la manutención por 4000 pesos mensuales. 

    Mi esposa tiene un trabajo fijo en el que hasta hace 4 años ganaba 17 000 mil pesos mensuales y por las tardes daba clases particulares, que hasta donde supe ganaba 4000 pesos mensuales. Cuando decidimos separnos se vendió un departamento que yo compré , se vendió en 420 mil pesos y se repartió en partes iguales. En la demanda señala que dentro del matrimonio no se adquirió ningún bien, ( sindo falso) pues le tocó la mitad.

    Mi situción  económica actual es inconstante pues no tengo trabajo fijo. 

    En la demanda que me llegó me dicen que tengo que contestar en 15 días y se vence el día 7 de diciembre, no tengo apoyo legal ni dinero para pedir orientación.

    No sé que hacer. 

    AYUDA!!! 

    Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 293439

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Bueno nunca le van a otorgar los 4000 pesos que ella está solicitando  ya que por un hijo nunca le podrían pedir mas del 50% de sus ingresos y más si estos no son comprobables o fijos.

     

    Si usted no puede contratar a un abogado lo adecuado es que acuda a alguna institución educativa como la ibero, la UNAM, u otra institución que preste el servicio de asesoría legal gratuita a fin de que le apoyen con su situacion, pero esto lo tiene que hacer ya porque solo tiene esos 15 días para contestar, y el abogado necesita tiempo para elaborar la contestación de la demanda previo estudio de la demanda y de la documentación e información que usted le proporcione.

     

    Sin embargo le aconsejo que usted investigue de manera concreta el lugar donde ella trabaja a fin de que se pidan infores respecto de sus ingresos ya que la obligación de dar alimentos a los hijos es de ambos padres con base en la capacidad economica de padres y la necesidad de los hijos (en este caso).

     

    Asimismo, es importante que usted junte los comprobantes de la venta del inmueble que menciona, ya que si efectivamente no sirve para la repartición de los bienes, ya que no los hay, si sirve para demostrar al juez la mala fe con la que ella actua.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455



  • Autor
    Respuesta No: 356389

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Difiero en algo del forista anterior. estamos a sus ordenes.

    OMEGA SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES.

    -101.

    COLONIA ROMA NORTE.

    TELEFONO CINCUENTA Y CINCO CATORE SETENTA Y OCHO NOVENTA Y SIETE.

    ENTRTEVISTAS PREVIA CITA.

    LIC. . 



  • Autor
    Respuesta No: 356476

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE joyarzabala_NR,

    Presente:         

           

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Los Códigos Civiles del Distrito Federal y del Estado de México, establecen la procedencia del divorcio sin causa, que procede si uno o ambos cónyuges manifiestan su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin la obligación de expresar el motivo del divorcio. De modo que la simple solicitud de divorcio firmada por uno o ambos cónyuges, es suficiente para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal y en el Estado de México, si ahí tiene o tuvo su domicilio conyugal, sin importar donde se haya casado.

     

    Requisitos:

     

    1. Que su domicilio conyugal sea o haya sido en el Distrito Federal o en el Estado de México, y que tengan al menos un año de casados.

     

    2. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.

     

    3. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.

     

    4. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge a través del Juzgado, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.

     

    5. Realizada la contrapropuesta de convenio por la parte demandada, el Juez fijará fecha y hora para una audiencia de conciliación que versará sobre los puntos controvertidos de ambas propuestas de convenio; si subsisten las controversias en los puntos de las propuestas de convenio presentadas por las partes, el Juez decretará el divorcio.

     

    6. Sí no hubiera contrapropuesta de convenio de la parte demandada, el Juez decretará el divorcio sin más trámite.

     

    7. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlos valer en vía incidental, únicamente respecto al contenido de las propuestas de convenio en las cuales no se hayan puesto de acuerdo.

     

    Documentos necesarios:

     

    1. Acta de matrimonio.

    2. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).

    3. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes inmuebles adquiridos en sociedad conyugal (en su caso), avalúo de dichos inmuebles, sus capitulaciones matrimoniales, estos sólo en caso de que tengan bienes inmuebles comprados durante el matrimonio en sociedad conyugal (bienes mancomunados.)

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m y c a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j o r g e . m o r a l e s  a r r o b a  m y c a b o g a d o s . c o m . m x  (minúsculas y todo junto)



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