- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
NOTIFICACIóN
- Consulta : 177996
- Autor : anthonhess_NR
- Publicado : Lunes 26 de Noviembre de 2012 22:14 desde la IP: 201.123.184.212
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,139
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 26 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas noches.
Estimados licenciados, perdonen que los moleste con mis dudas, pero quisiera saber si una sentencia que emite una sala regional del Tribunal Contencioso administrativo debe ser notificada personalmente. Esto lo pregunto, ya que mi abogado alega que así debió de haber sido y en vista de eso ha decido promover un amparo, pero al consultar esto con otro abogado, él me dice que en el 2009 fue reformada la ley organica del tribunal contencioso administrativo del DF; y que desde entonces las sentencias ya no se notifican personalmente y que por lo tanto el término para que mi abogado promoviera la apelación, ya ha pasado.
Mil gracias por sus atenciones.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 293607
-
Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Noviembre de 2012 20:59 2012-11-28 20:59 desde IP: 187.160.13.180
Una sentencia, siempre sera una notificasion personal, por lo tanto, y efectivamente la LOTCA, se le hiceron en el año que menciona unas reformas, pero la notificasion de la sentencia no sufrio reforma alguna, por lo cual, la misma debio de haberse notificado en el domicilio que su abogado señalo para tal efecto.
y si no hay abogado que le responda su pregunta no es que no quieran o no sepan, o como,lo dice el otro panelista en su reconsulta por cobrar honorarios, sino que si no cree en su abogado, porque no litiga usted su asunto, o acude personalmente al tribunal a despegar su duda, en lugar de estar poniendoi en duda la capacidad de su abogado.
-
Autor





