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CALUMNIA , INJURIA Y DIFAMACION YA NO ES DELITO?

  • Consulta : 176838
  • Autor : mrlemigu_NR
  • Publicado : Jueves 15 de Noviembre de 2012 12:44 desde la IP: 187.233.163.184
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,122
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  • Autor
    Consulta

  • mrlemigu_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    hola , mi pregunta es si en el d.f. tengo entendido que el senado elimino ese delito de difamacion injuria y calumnia, como haremos quienes hemos sido atacados de esa manera en nuestar persona, el bulling laboral es muy comun y en mi caso me esta afectando sobremanera la calumnia de compañeros de trabajo...dicen cosas de mi como que soy gay etc. cuando todo es falso y afecta a mi familia y a mi persona, entonces que debo hacer si no se detiene esto? esas personas merecen un castigo ya que me encuentro deprimido y afectado demasiado por esta situacion. al grado de querer suicidarme o hacer locuras. pero en fin debo buscar una solucion si alguien me pudiera ayudar se lo agradecere. saludos y gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 292096

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimado amigo.

    En la "lógica" del gobierno del "DF" Usted no se debería sentir ofendido porque lo llamen "Gay".

    Y aunque no existen los delitos "típicos" que enciona, puede hacer una denuncia de hechos, ante el Ministerio Público, por "discriminación" prevista en el artículo 206 del Código Penal del DF.



  • Autor
    Respuesta No: 367262

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE mrlemigu_NR,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

     

    Efectivamente los DELITOS QUE MENCIONA ACTUALMENTE ESTÁN DEROGAGOS EN LA LEGISLACIÓN PENAL EN VIGOR APLICABLE AL DISTRITO FEDERAL; sin embargo; no se preocupe porque problema tiene solución a su favor conforme a la Ley, Usted tiene su derecho para interponer una DEMANDA EN LA VÍA CIVIL EN CONTRA DE LAS PERSONAS QUE LO ESTÁN HACIENDO ESOS COMENTARIOS QUE MENCIONA EN SU CONSULTA HACIA SU PERSONA, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA VIDA PRIVADA, EL HONOR Y LA PROPIA IMAGEN EN EL DISTRITO FEDERAL, la cual después de haberse substanciado el juicio civil correspondiente, el Juez Civil que conozca y resuelva dicha demanda CONDENARÁ A LOS DEMANDADOS A QUE LE PAGUEN A USTED CONSULTANTE UNA INDEMNIZACIÓN EN LAS CUALES EL CRITERIO DE LOS JUECES CIVILES DEL DISTRITO FEDERAL, SON MAYORES A UN MILLÓN DE PESOS, saludos.

     

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063      

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m o r a l e s y c i a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a  g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



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