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PENSION POR ASCENDENCIA
- Consulta : 176464
- Autor : ruventur
- Publicado : Lunes 12 de Noviembre de 2012 18:55 desde la IP: 187.165.75.118
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,134
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 12 de Noviembre de 2012
Hola, me permito ir al punto. El pasado mes de agosto del año en curso un hermano mayor (Soltero-sin Hijos) desafortunadamente fallecio y mis padres aún viven, para esto personalmente ya me he dirigido a varias instancias como; La misma AFORE de mi hermano, SUBDELEGACIÓN DEL IMSS, CLINICA DEL IMSS y en fin, de tanta confusión y falta de capacitación y trato de la gente es que hago esta consulta.
Mi hermano tenia 41 años soltero y sin dependientes economicos (hijos) mi padre actualmente trabaja y tiene 63 años y mi madre es ama de casa con 68 años.
Mi hermano cotizo al IMSS de 1988 al 2001, al ISSSTE de 2002 al 2010 y nuevamente al IMSS de enero de 2011 a Mayo de 2012, al momento de fallecer se encontraba desempleado y con 3 meses sin cotizaciones, adicional a esto su cuenta se encuentra UNIFICADA.
MIS PREGUNTAS SON; QUE SUCEDERA CON LOS RECURSOS DE MI HERMANO??? LES CORRESPONDE PENSION O NEGATIVA DE MENSIÓN A MIS PADRES??? EN DONDE DEBO INICIAR EL TRAMITE???
Esperando como siempre su oportuna y amable respuesta, quedo de ustedes y reciban un cordial saludo y agradecimiento previo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 291737
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Noviembre de 2012 20:33 2012-11-12 20:33 desde IP: 189.225.42.221
Para el caso de pensión por ascendencia es necesario que se demuestre la dependencia económica de los padres, cosa que al parecer será difícil en este caso, dado que tu padre trabaja.
Lo que procede es el retiro del saldo de la cuenta individual, pero hay que ver si nombró beneficiarios sustitutos o tendrán que acudir a la junta de conciliación para el nombramiento de beneficiarios.
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Autor
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AutorRespuesta No: 291742
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Noviembre de 2012 20:43 2012-11-12 20:43 desde IP: 187.211.94.29
te van a exigir que inicies el juicio sucesorio intestamentario a bienes de tu hermano y que uno de tus padres sea el albacea que demande los derechos...
de debiera ser...+
pero como lo comentas... por algun lado hay que empazar...
tu abogado te explica...
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Autor
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AutorRespuesta No: 291743
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Noviembre de 2012 20:45 2012-11-12 20:45 desde IP: 187.211.94.29
por cierto... si tus padres trabajan... nop tienen derecho a ese derecho... lo pierden porque no son o eran dependientes econocmicos diectos de tu hermano...
si tu padre esta recibiendo pensión ... tampoco tienen derecho... abusado... esto no es una negatova... es para que no te sorprenda lo que vaya a pasar...
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Autor
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AutorRespuesta No: 291824
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Noviembre de 2012 12:58 2012-11-13 12:58 desde IP: 187.211.94.29
mlmlml...
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