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COMO COBRAR EL PAGARE DE ALGUIEN QUE FALLECIO?
- Consulta : 176144
- Autor : hedoardo.dannyel_NR
- Publicado : Viernes 09 de Noviembre de 2012 15:24 desde la IP: 187.167.112.12
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 09 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Jalisco
Bueno primero que nada un saludo a todos, y una pregunta la pareja de mi abuela, (no es mi abuelo) acaba de fallecer, y como siempre, hay muchas dudas cuando alguna persona fallece, la situacion es que mi abuela apenas se dio cuenta que el tenia pagares que no los habia cobrado, la pregunta es, ¿si podemos cobrar esos pagares a nombre de mi abuela?, aparte ya muchos llevan mas de 5 años de expedicion y vencimiento y unos pocos todavia son cobrables (por la informacion que me han dado abogados, pero no saben a ciencia cierta como hacerlo), ya que hay muchos abogados que dicen que no se puede y otros que si, otros que me dicen que falsificando la firma, y pues la verdad el chiste es no meternos en problemas, y pues esa es mi pregunta, muchas gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 291472
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Noviembre de 2012 19:52 2012-11-09 19:52 desde IP: 187.142.240.67
desde mi punto de vista el que puede cobrar esos pagares es el albacea de la sucesion de tu abuelo, los que tengan menos de tres años a partir de la fecha de vencimiento pueden ser cobrados por la cia ejecutiva y los que tengan menos de 10 años se cobraran por la via ordinaria. saludos y suerte en tu asunto.
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Autor
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AutorRespuesta No: 291476
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Noviembre de 2012 21:01 2012-11-09 21:01 desde IP: 189.137.95.115
Es correcto el consejo del forista que me antecede y a mayor abundamiento, en vias de simplificar la respuesta, requieren los familiares del señor denunciar su juicio sucesorio y el que sea designado albacea, en nombre del decujus, puede reclamar en las vias que le señalan el cobro de los pagares. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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