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PERIDO PROBATORIO
- Consulta : 175857
- Autor : anuar37_NR
- Publicado : Miércoles 07 de Noviembre de 2012 12:13 desde la IP: 187.175.15.153
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,697
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 07 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Campeche
Hola abogados, necesito su ayuda si alguien me puede explicar que siginifica o que sucede cuando se abre el PERIODO PROBATORIO y en el acuerdo dice que: SE ABRE EL PERIODO PROBATORIO POR EL TERMINO DE 30 DIAS, DEBIENDO CERTFICAR EL SECRETARIO DE ACUERDOS CUANDO INICIA Y CUANDO CONCUYE DICHO PERIODO....
espero sus respuestas. Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 291216
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Noviembre de 2012 19:34 2012-11-07 19:34 desde IP: 201.145.152.154
Hola
El período probatorio se abre para que las partes ofrezcan sus respectivas pruebas. El demandado deberá de ofrecer sus pruebas para acreditar sus excepciones, mientras el actor deberá de acreditar su acción.
La certificación se refiere a que el órgano jurisdiccional deberá de precisar dentro de las constancias del expediente cuando inicia y cuando termina el periodo de ofrecimiento de pruebas. Cuando el periodo termine ya no podrás ofrecer ninguna prueba.
Por ejemplo: se puede determinar que el periodo para ofrecer pruebas comienza el 5 de noviembre del 2012 y concluye el 14 de diciembre…
Ese periodo de 30 días, puede dividirse en 10 para ofrecer y 20 para desahogar, por decir un ejemplo
Saludos
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Autor
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