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PAGO DE IMSS
- Consulta : 175350
- Autor : espin_o
- Publicado : Sábado 03 de Noviembre de 2012 02:10 desde la IP: 189.213.122.93
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,069
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 03 de Noviembre de 2012
buenas noches amigo les expongo el siguiente caso:
mi padre tuvo un accidente de trabajo era cobrador en motocicleta en dicembre de 1972 con lo cual sufrio la amacion de la pierna derecha de la parte baja de la rodilla hacia a bajo (tercio medio de pierna derecha) y el certificado de alta medica en ese entonces por el departamento de riesgos profesionales e invalidez fue dado en mayo del 75 (de lo cual tengo documento) por lo cual le fue otorgado una pension por incapacidad permanente.
mis preguntas son: 1.- merecia la pension por incapacidad permanente o la incapacidad por invalidez?
2.- desde el momento del accidente (dicembre 72) hasta el momento de la alta medica (mayo de 1975) el patron esta obligado a seguir pagando sus cuotas al imss? si es asi quiere decir que sigue cotizando semanas?
3.- donde puedo conseguir documentacion vieja del imss (archivo clinico, hojas rosas altas y bajas, patrones a los que trabajo registro de semanas cotizadas etc.) ya que en internet no aparecen por ser de hace muchos años cuando todavia no habia registros electronicos.
agrego el estaba dado de alta en torreon coahuila pertenecio a las clinicas 16, 18 y 80 del imss en torreon
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290700
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Noviembre de 2012 13:09 2012-11-03 13:09 desde IP: 187.172.251.226
Si la calificación fue por riesgo de trabajo, es incapacidad permanente y se confronta con la pensión de invalidez se da la mas favorable al trabajador..
no el patron no esta obligado a pagar cuotas.
si el imss no se lo proporciona solicitelo a traves de infomex lo que era el sisi.
saludos.
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