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¿QUE PENA PUDIESE LLEGAR A TENER SI ACASO TUVE RELACION SEXUAL CON ALGUIEN DE 16 O 17 AñOS?
- Consulta : 175046
- Autor : Bufonjoker_NR
- Publicado : Miércoles 31 de Octubre de 2012 01:00 desde la IP: 201.141.156.187
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 31 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Hace algun tiempo aprox. 2 años tuve una relacion sexualcon una chava de unos me parecia de 16 o 17 años menor de edad yo siendo ya mayor de edad permitiendo ella que se efectue, con su consentimiento, quedando bien claro entre los dos que lo que sucederia entre nosotros solo iba a ser relaciones sexuales.
Despues de un tiempo cambie de ciudad viviendo ya en otra, su madre se comunica hacia mi persona por medio de telefono de casa, reclamando que yo habia violado a su hija, hace ya un año pasado, e insulto a mi persona, acusandome de que yo habia cometido ese tipo de actos.
En realidad quisiera tener su asesoria que resultaria ser muy importante y de gran ayuda.
GRACIAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290383
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Octubre de 2012 01:28 2012-10-31 01:28 desde IP: 189.242.254.38
Para efectos legales, al sostener relaciones sexuales con una menor de edad, se incurre en un delito tipificado por la ley penal como "estupro", no teniendo atenuantes el infractor, en virtud que la ley considera a la menor, carecer de madurez emocional y psicológica para comprender la magnitud y alcance de los actos que realiza, siendo suceptible de engaño o manipulación.
En el caso concreto, si los padres deciden levantar una denuncia ante el M. P., y la menor manifiesta que fue violentada sexualmente, la autoridad que conoce del caso, al considerar que se reunen los elementos constitutivos del delito, debe girar la orden de aprehensión.
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Autor
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AutorRespuesta No: 290438
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Octubre de 2012 18:42 2012-10-31 18:42 desde IP: 132.248.140.65
Primero que nada, el consultante debería de aclarar exactamente la edad del sujeto pasivo (la "chava") dado que es muy importante para ver si la narración coincide con la tipicidad del delito para el estado de Aguascalientes.
En el caso de que la menor tuviese 16 años en el momento del supuesto acto punible, NO se reunirían los elementos para el delito de estupro, ya que la Legislación Penal para el Estado de Aguascalientes, en su art. 23, claramente establece que para que se configure dicho delito el sujeto activo debera de ser mayor de 12 de doce años, pero MENOR DE 16.
Lo cual nos lleva al caso en el que la menor tuviese 15 años en el momento de la relación sexual, lo cual sería punible por la ley antes mencionada con prisión de 1 a 5 años y multa de 5 a 25 días, además de la reparación de los "daños y perjuicios ocasionados". Dicha legislación contempla los elementos de "seducción" o "engaño". Sin embargo, y para no entrar en detalles, la mayoría de los jueces presumen seducción en este tipo de casos, tratandose de una menor y por los motivos que expusieron en la respuesta anterior.
Ahora bien, si dentro de la denuncia se menciona que usted habría "violado" a la victima, entonces entrariamos en el delito de violación, el cual se persigue de oficio, y cuya tipicidad no menciona edad limitante, sino que se basa unicamente en el uso de la fuerza "física, moral o psicológica" para lograr el "sometimiento" que conlleve a la "cópula" con persona de cualquier sexo. Obviamente el MP tendría que ofrecer una pericial para acreditar dicho uso de la fuerza, la cual por el tiempo que hace de que se cometió el delito, sería probablemente psicológica.
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Autor
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AutorRespuesta No: 290500
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Noviembre de 2012 01:27 2012-11-01 01:27 desde IP: 189.234.190.51
esperemos que como en cancun.....25 años...
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