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MODALIDAD 40 IMSS

  • Consulta : 174984
  • Autor : maica
  • Publicado : Martes 30 de Octubre de 2012 16:38 desde la IP: 187.155.130.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,216
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  • Autor
    Consulta

  • maica
    USUARIO REGISTRADO

     

    Hola, tengo varias preguntas: ¿se puede "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=174764&forod=0#">subir o bajar la mensualidad una vez que entre a la modalidad 40 o tiene que ser el mismo hasta jubilarse? ¿hasta cuantos meses puedo dejar de pagar la mensualidad y luego ponerme al corriente para no perder semanas cotizadas? ¿si me atraso en la mensualidad ya pierdo esas semanas o meses? ¿existe un plazo para que se pierda mi derecho a seguir pagando?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 290335

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En la continuación voluntaria puede registrase con el salario que tenia en fecha de baja o hasta 25 veces el salario minimo del D.F, y paga de mensualidad el 10.075% del salario registrado, a los dos meses de dejar de pagar lo dan de baja y tiene doce meses para reingresar , tendiendo que pagar todo lo dejado de pagar en tre el tiempo de baja y la alta al reingreso,las semanas cotizadas no se pierden al dejar de pagar.No puede subir y bajar la cotización a su gusto en lo que se registre eso tiene que pagar, la unica forma de incremento es en el reingreso teniendo que pagar lo dejado entre fecha de baja y alta-

    saludos,.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     



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