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DEMANDA PENAL POR PENSION

  • Consulta : 173249
  • Autor : viveros.1968_NR
  • Publicado : Martes 16 de Octubre de 2012 18:43 desde la IP: 189.202.3.216
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • viveros.1968_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Yucatán

    Buena tardes. quisiera saber que pasa cuano una persona se reserva el derecho de declarar? la pregunta es por lo siguiente, se le puso una demanda penal a  mi exesposo por la cantidad de 104,000 pesos los cuales se han acumulado desde  el año 2008. Cuando nos divorciamos se estipulo en las clausulas que la pension alimenticia seria de 4000, y que los demas gastos como educacion, servicio medico etc.. serian del 50 por ciento cada uno, hasta ese año 2008 el deposito puntualmente pero par el siguiente año el comenzo a depositar solo 500  despues deposito 2000 y  me dijo que era todo lo que el me hiba a dar , solicito la disminucion de pension pero la juez nos cito a una junta de avenio a la cual el no se presento y yo si, se le solicito que depositara en ese tiempo lo que debia pero desde ahi comenzo a meter amparo tras amparo. y asi llegamos hasta este año en el cual mi lic. me dijo que la unica forma de presionarlo era con una demanda penal, y la pusimos, a el lo citan el pasado 10 de octubre y resulta que el se reserva su derecho a declarar , yo no entiendo que significa eso la lic.me dice que es a nuestro favor, pero pues no me explico muy bien y quisiera saber si me pudieran asesorar por favor.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 288812

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo unico que hizo fue ganar tiempo para inventar algo, o a preparar una excusa, ya que en poco tiempo tendrá que presentar su declaración por escrito. No es ni a su favor ni en su contra ya que es un recurso legal que él tiene.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López



  • Autor
    Respuesta No: 288833

  • Huerta&Asociados
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimada consultante:

    En materia penal el hecho que el inculpado se reserve su declaracion es un derecho constitucional a no autoincriminarse, es por ello que si el no desea declarar a si sera. Ahora bien es obligacion del ministerio publico y del denunciante cuando se constituye como coadyuvante acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, para,  lo cual tienen que aportar medios de prueba.

    Cuando una persona se reserva su derecho a declarar es porque su abogado se percata que no hay elementos suficientes en la denuncia o bien desea hacer una declaracion por escrito bien estructurada donde ofresca pruebas a su favor.

    En el caso concreto si su esposo ha aportado una cantidad moneteria, aunque sea minima, y asi lo puede probar dudo mucho que su denuncia prospere. Por lo que le aconsejo que primero demuestre ante el juez de lo familiar que su exesposo ha incumplido y una vez que asi lo resuelva el juez familiar, presente copias certificadas de esa resolucion al ministerio publico, en este caso creame que hasta lo privan de la libertad.

    Espero haberle ayudado en su consulta. saludos



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