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COMO REACTIVO LA VIGENCIA DE MIS DERECHSO EN EL IMSS
- Consulta : 171757
- Autor : karlosenriquezc_NR
- Publicado : Jueves 04 de Octubre de 2012 12:10 desde la IP: 189.138.160.156
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 04 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Morelos
TENGO 14 AÑOS QUE DEJE DE COTIZAR AL IMSS, EMPECE A COTIZAR EN EL AÑO 1966, TENGO 63 AÑOS DE EDAD Y ACTUALMENTE COTIZO AL ISSSTE, EN EL ISSSTE ME REGISTRE EN EL ARTICULO TRANSITORIO, MI PREGUNTA ES, ¿como puedo tener vigencia nuevamente en el imss para poder solicitar mi pension por vejez y cesantia en edad avanzada? y si puedo estar pensionado por el imss y por el ISSSTE. muchas gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 287581
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Octubre de 2012 12:30 2012-10-04 12:30 desde IP: 189.225.70.137
La forma de reactivar su vigencia es cotizar por lo menos durante 52 semanas consecutivas en el régimen obligatorio.
Existe la incorporación voluntaria al régimen obligatorio, pero deberá demostrar que es trabajador independiente, o inscribirse a través de un patrón de confianza que lo asegure durante poco más de un año.
Después de esto ya podrá obtener su pensión.
Por lo que se ve tiene aproximadamente unas 1600 semanas cotizadas que sumadas a otras 100 que llegue a cotizar de aquí a los 65 (si es que opta por pensionarse por vejez a los 65) serán 1700, lo que son un buen número.
Lo malo es que a menos que hace 14 años sus salarios hayan sido altos, su pensión no será muy buena, por lo que le aconsejo elevar el promedio de salario cotizado inscribiéndose con el mayor salario posible estos dos años.
Una vez reactivados sus derechos se podrá pensionar por el IMSS sin problemas, y por el ISSSTE, si ya cumple con los requisitos del 10o transitorio, también podrá hacerlo.
Una recomendación es solicitar un certificado de semanas cotizadas ante el IMSS ya que por ser períodos de hace muchos años no sería raro que el IMSS no tenga contemplado parte de su tiempo cotizado. Esto para hacer las aclaraciones con la debida anticipación.
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AutorRespuesta No: 287912
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Fecha de respuesta: Domingo 07 de Octubre de 2012 10:05 2012-10-07 10:05 desde IP: 189.163.71.183
que no se supone que no puede tener 2 pensiones, si esta cotizando para el issste la portabilidad en el issste si la estan operando, en el imss todavia no existe mecanismo ya que lo desconocen o no han elaborado la normatividad para esto, hasta donde se, quizas me equivoque, pero creo que no puede obtener 2 pensiones
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Autor
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AutorRespuesta No: 287914
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Fecha de respuesta: Domingo 07 de Octubre de 2012 10:35 2012-10-07 10:35 desde IP: 189.225.42.221
La portabilidad de derechos solo opera para pensionados bajo el sistema de cuentas individuales, en este caso por lo que entiendo, Karlos está bajo el sistema del 10o. Transitorio de la ley del ISSSTE, es decir el llamado anteriormente sistema de reparto.
Su posible pensión por ISSSTE tanto como la posible por el IMSS no serían por el nuevo sistema de cuentas individuales.
Si así fuera, sí aplicaría la portabilidad de derechos de tiempo cotizado, juntaría tiempos y saldos y obtendría una sola pensión.
Aunque no menciona el tiempo cotizado en el ISSSTE, por haber elegido 10o. transitorio y por su edad, con un mínimo de 10 años ya estaría en posibilidad de obtener una pensión .
Y en el IMSS, una vez reactivada su conservación de derechos también.
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